Resolución N° 3242 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-08-08 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881846090

Resolución N° 3242 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-08-08

Fecha08 Agosto 2011
Número de resolución3242
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
lO.
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B
RESOLUCiÓN NÚMERO
Por la cual se ordena el pago de una tarifa de seguimiento
LA DIRECTORA GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA
REGIONAL DEL TOLIMA "CORTOLIMA"
Corporación Autónoma
Regional del Tolima
En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por la Ley 99
de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución No. 1643 del 21 de junio de 2010, Cortolima, otorgo
licencia ambiental a los señores URIEL MONTAÑA RIVERA Y LEONARDO
PRECIADO LUGO identificados con cedula de ciudadanla 93.379.044 y
6.044.939 respectivamente para la explotación técnica de carbón, arena y
arcillas misceláneas en los municipios de Guama
y
San Luis.
Que el articulo 96 de la Ley 633 de 2000 señala: "Las autoridades ambientales
cobrarán los servicios de Evaluación y los servicios de Seguimiento de la
Licencia Ambiental, permisos, Autorizaciones
y
demás instrumentos de control
y manejo ambiental establecidos en la Ley y los reglamentos ( ...) Que la tarifa
incluirá:
a) El valor total de los honorarios de los profesionales requeridos para la
realización de las actividades propuestas;
b) El valor total de los gastos de viaje de los profesionales que se ocasionen
para el estudio, la expedición, el seguimiento y/o el monitoreo de la licencia
ambiental, permisos, concesiones
y
autorizaciones
y
demás instrumentos
de control y manejo ambiental establecidos en la Ley y los reglamentos.
c) El valor total de los análisis de laboratorio u otros estudios y diseños
técnicos que sean requeridos tanto para la evaluación como para el
seguimiento.
Que la Corporación aplicará el siguiente método de cálculo: Para el literal a) se
estimará el número de profesionales/mes
y
se aplicarán las categorías
y
tarifas
de sueldos de contratos del Ministerio de Transporte y para el caso de
contratistas internacionales, las escalas tarifarias para contratos de consultoría
del Banco Mundial o del PNUD; para el literal b) sobre un estimativo de visitas
a la zona del proyecto se calculará el monto de los gastos de viaje necesarios,
valorados de acuerdo con las tarifas del transporte público y la escala de
viáticos del Ministerio del Medio Ambiente; para el literal c) el costo de los
análisis de laboratorio u otros trabajos técnicos será incorporado en cada caso,
de acuerdo con las cotizaciones específicas. A la sumatoria de estos tres
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costos, a), b) y c) se le aplicará un porcentaje que anualmente fijará el
Ministerio del Medio Ambiente por gastos de administración.
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