Resolución N° 5745 de la Asamblea Departamental de Bolivar, 2020 - Normativa - VLEX 876568947

Resolución N° 5745 de la Asamblea Departamental de Bolivar, 2020

Número de resolución5745
Fecha de publicación30 Octubre 2020
Fecha30 Octubre 2020
Tipo de documentoResolución
NIT: 806.005.597-1
Manga 3ra avenida No. 24 79, Edificio Centro Empresarial El Imán, Piso 4 y 5
Cartagena D.T. Y C. Colombia
e-mail: asambleadepartamentaldebolivar@gmail.com
www.asambleadebolivar.gov.co
RESOLUCIÓN No. 5745
POR MEDIO DE LA CUAL SE ACEPTA IMPEDIMENTO Y SE DESIGNA
SECRETARIO (A) GENERAL AD HOC
LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE BOLIVAR
En ejercicio a sus atribuciones constitucionales y legales y el decreto ley 1222 de
1986.
CONSIDERANDO
Que, mediante escrito remitido a la presidencia de esta Corporación, el actual
secretario general, ABEL JOSE ARRIETA VEGA, manifiesta su interés de
participar en la convocatoria pública, para proveer el cargo de secretario general,
para el periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del año 2021,
por lo que se considera estar impedido en el ejercicio de sus funciones en lo
relacionado a los actos propios de la Corporación para llevar a cabo la
convocatoria pública de selección y elección del secretario (a) general de la
Corporación.
Por lo anterior: RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Aceptar el impedimento presentado por ABEL JOSE ARRIETA
VEGA, secretario general la Asamblea Departamental de Bolívar del año 2020,
para actuar en los actos propios de la Corporación para llevar a cabo lo
relacionado con la Convocatoria pública selección y elección del secretario general
para el periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del 2021.
ARTÍCULO 2o. Designar como secretaria general Ad hoc, para efectos de la
convocatoria pública para proveer el cargo de secretario(a) general para el periodo
comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre 2021 a TANIA YEZENIA
GONZELEZ MONTES, quien se desempeña como Técnico administrativo, en el
área de procesos de talento humano.
Artículo 3o La presente resolución rige a partir de su promulgación y deroga las
disposiciones que le sean contrarias.
Dado en la ciudad de Cartagena a los treinta (30) días del mes de octubre de dos
mil veinte (2020). COMUNIQUE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
JORGE RODRIGUEZ SOSA LIBARDO SIMANCAS GUARDO
Presidente Primer Vicepresidente
SOFIA RICARDO VILLADIEGO
Segunda Vicepresidenta
Proyecto:
Harold Zabala Nader
Abogado Asesor Externo

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