Resolución N° 5845 de la Asamblea Departamental de Bolivar, 2021
Fecha de publicación | 28 Mayo 2021 |
Año | 2021 |
Fecha | 01 Junio 2021 |
Número de resolución | 5845 |
Tipo de documento | Resolución |
NIT: 806.005.597-1
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Cartagena D.T. y C. – Colombia
RESOLUCIÓN No. 5845
Por medio de la cual se convoca al Segundo periodo de sesiones ordinarias
y se continúa con las sesiones no presenciales.
LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE
BOLIVAR
En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, y
artículo 14 del reglamento interno.
CONSIDERANDO:
Que por derecho propio la Asamblea Departamental debe convocar a
sesiones ordinarias comprendidas entre el periodo del 1 de junio al 31 de
Julio de 2021, para desarrollar las funciones asignadas por la constitución
y la ley.
Salud y Protección Social, prorroga la emergencia sanitaria en todo el
territorio nacional, hasta el 31 de Agosto de 2021, por causa del
coronavirus COVID-19 y adoptó nuevas medidas para hacer frente al
mismo.
Que de esta manera, se prorroga la emergencia sanitaria en todo el
territorio nacional hasta el 31 de Agosto de 2021. Dicha prórroga podrá
finalizar antes de la fecha aquí señalada cuando desaparezcan las causas
que le dieron origen o, si estas persisten o se incrementan, el término
podrá prorrogarse nuevamente.
Decretos 039 de 2021 14 de enero de 2021,1168 del 25 de agosto de
2020, 1297 del 29 de septiembre de 2020, 1408 del 30 de octubre de
2020, y 1550 de 28 de noviembre de 2020. “por el cual se imparten
instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la
pandemia coronavirus COVID 19, y el mantenimiento del orden público.
Que, a fin de evitar la propagación de la pandemia como medida sanitara
se adoptó en la mencionada resolución, ordenar a los jefes, representantes
legales, administradores o quienes hagan sus veces adoptar, en los centros
laborales públicos y privados, las medidas de prevención y control sanitario
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