Resolución Nº 6496 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, 2022 - Normativa - VLEX 906014652

Resolución Nº 6496 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, 2022

Fecha de publicación18 Enero 2022
Número de resolución6496
RESOLUCIÓN No. 6496 DE 2022
“Por la cual se acepta un desistimiento en torno a la solicitud de terminación de la relación
de interconexión presentada por COLOMBIA TELCOMUNICACIONES S.A. E.S.P. frente
a ARIA TEL S.A.S. E.S.P.
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES
En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las que le confieren el artículo 22 de la
Ley 1341 de 2009 y la Resolución CRC 5928 de 2020,
CONSIDERANDO
Que mediante comunicación radicada ante la Comisión de Regulación de Comunicaciones –
CRC bajo el número 2021812109, COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P.,en
adelante COLOMBIA TELECOMUNICACIONES, puso en conocimiento la situación acaecida por
la ausencia de trasferencia de saldos a su favor por parte de ARIA TEL SAS E.S.P., en adelante
ARIA TEL, en desarrollo de la relación de interconexión entre la red Móvil de COLOMBIA
TELECOMUNICACIONES y la red de Larga Distancia de ARIA TEL. Adicionalmente, en dicha
comunicación, COLOMBIA TELECOMUNICACIONES solicitó la autorización de la CRC para
terminar la referida relación de interconexión, por cuanto, según informó, se cumplieron los
presupuestos que para el efecto prevé el artículo 4.1.7.6 de la Resolución CRC 5050 de 2016, en
razón a que se mantuvo
“después de tres (3) períodos consecutivos de conciliación la no
transferencia de saldos totales”.
Que, teniendo en cuenta lo anterior, mediante radicado 2021522278 del 25 de octubre de 2021,
la Comisión solicitó a COLOMBIA TELECOMUNICACIONES que aclarara
“si persiste el interés
en que se adelante el trámite asociado a la solicitud de autorización de la terminación de la
relación de acceso e interconexión existente entre COLOMBIA TELECOMUNICACIONES y
ARIATEL
.
Que, a través de radicado 2021814092 del 3 de noviembre de 2021, COLOMBIA
TELECOMUNICACIONES manifestó que
“se siguen dando los presupuestos para la desconexión
y para que se emita la autorización correspondiente para proceder a la terminación de la relación
de acceso e interconexión, toda vez que se mantiene después de tres (3) períodos consecutivos
de conciliación la no transferencia de saldos totales”.
Que, una vez analizada la solicitud presentada por COLOMBIA TELECOMUNICACIONES, el
Director Ejecutivo de esta Comisión dio inicio el 10 de noviembre de 2021 a la respectiva actuación
administrativa, para determinar si resulta procedente la autorización de terminación de la relación
de interconexión por parte de la CRC en los términos del artículo 4.1.7.6. de la Resolución CRC
5050 de 2016. Para ello, se surtió el respectivo traslado de la solicitud y se remitió a ARI ATEL

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