Resolución N° 6560 del Instituto Colombiano Agropecuario - Normativa - VLEX 902648435

Resolución N° 6560 del Instituto Colombiano Agropecuario

Número de resolución6560
Fecha de publicación29 Abril 2022
Fecha25 Abril 2022
Tipo de documentoResolución
FORMA 4-027 V.4
Página 1 de 3
HOJA No. 1/3
RESOLUCIÓN No.00006560
(25/04/2022)
Por la cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico en el Instituto
Colombiano Agropecuario- ICA, para las vigencias 2022-2023
LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO
AGROPECUARIO - ICA
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las que le confieren el numeral
5 del artículo 12 del Decreto 4765 del 18 de diciembre de 2008 y en aplicación al
Modelo Integrado de Planeación y Gestión- MIPG, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 90 de la Constitución Política de Colombia, establece "El Estado
responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables,
causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas. En el evento de ser
condenado el Estado a la reparación patrimonial de uno de tales daños, que haya sido
Consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa de un agente suyo, aquel
deberá repetir contra este".
Que el Decreto 1069 de 2015, en su artículo 2.2.4.3.1.2.1, establece que las normas
sobre comités de conciliación son de obligatorio cumplimiento para las entidades de
derecho público, los organismos públicos del orden nacional, departamental, distrital,
los municipios que sean capital de departamento y los entes descentralizados de estos
mismos niveles.
Que a su vez el artículo 2.2.4.3.1.2.2 del mencionado Decreto, determina que el
Comité de Conciliación es una instancia administrativa que actúa como sede de
estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y
defensa de los intereses de la entidad. Igualmente, decidirá en cada caso específico,
sobre la procedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo de solución
de conflictos con sujeción estricta a las normas jurídicas sustantivas, procedimentales
y de control vigentes, evitando lesionar el patrimonio público.
Que de conformidad con el artículo 2.2.4.3.1.2.5 del mencionado Decreto,
corresponde al Comité de Conciliación formular y ejecutar políticas de prevención del
daño antijurídico entre otras.
Que mediante numeral 1, artículo 3 de la Resolución 13143 del 27 de agosto de 2019,
por la cual se adopta el reglamento interno del Comité de Conciliación y Defensa
Jurídica del Instituto Colombiano Agropecuario ICA, se estipuló como una de las
funciones de dicho Comité “Formular y ejecutar Políticas de Prevención del Daño
Antijurídico".

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