Resolución Nº 6872 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, 2022 - Normativa - VLEX 908251832

Resolución Nº 6872 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, 2022

Año2022
Fecha de publicación30 Junio 2022
Número de resolución6872
RESOLUCIÓN No. 6872 DE 2022
“Por la cual se aprueba una modificación del contenido de la Oferta Básica de
Interconexión OBI- de la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ
S.A. E.S.P. y se fijan las condiciones para el acceso y la interconexión
LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE
COMUNICACIONES
En ejercicio de las facultades conferidas en los numerales 3, 10 y 19 del artículo 22, así como
en el artículo 51 de la Ley 1341 de 2009, modificada por la Ley 1978 de 2019, y el literal i) del
artículo 1º de la Resolución CRC 6548 de 2022 y,
CONSIDERANDO
1. ANTECEDENTES
El artículo 51 de Ley 1341 de 2009 impone a los Proveedores de Redes y Servicios de
Telecomunicaciones (PRST), de un lado, poner a disposición del público para su respectiva
consulta la Oferta Básica de Interconexión (OBI) que regirá la totalidad de las condiciones en que
operará el acceso y/o interconexión y, del otro, mantener dicha oferta debidamente actualizada
conforme la normativa aplicable.
Cabe anotar que la OBI, en los términos previstos en la normativa en mención, se constituye en
una de las fuentes de las que emanan las condiciones de acceso y/o interconexión, toda vez que
con su simple aceptación resultan definidas las reglas tanto para el acceso como para la
interconexión de las redes, lo cual, además de perfeccionar el negocio jurídico entre las partes,
dinamiza el mercado de las telecomunicaciones al permitir la entrada de nuevos agentes .
Por su parte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1.6.1 de la Resolución CRC 5050 de
2016, los PRST asignatarios directos de numeración de acuerdo con el Plan Nacional de
Numeración, aquellos que provean interconexión a otros PRST, y aquellos que dispongan de
instalaciones esenciales de acuerdo con lo establecido en el numeral 4.1.5.2.1. artículo 4.1.5.2
del Capítulo 1 del Título IV de la resolución en comento, deberán contar con una Oferta Básica
de Interconexión debidamente actualizada conforme la normativa aplicable.
Así las cosas, es preciso indicar que una vez la OBI es aprobada por la CRC se constituye en la
base para el inicio del trámite de negociación directa teniendo en cuenta sus efectos vinculantes
para los PRST, y en caso de no aceptarse de manera pura y simple por parte del solicitante, podrá
suceder, siempre que se cumplan los requisitos previstos para el efecto, que la CRC, en uso de
sus facultades legales, imponga servidumbres de acceso, uso e interconexión provisional, o fije
las condiciones provisionales de acceso, uso e interconexión, tomando en cuenta la oferta en
comento.
Con el propósito de dar cumplimiento a la normatividad y, especialmente, en atención a la
Resolución CRC 3101 de 2011 y la Resolución CRC 6522 de 2022, compiladas en la Resolución

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