Resolución Nº 776/2016 de Agencia Nacional de Infraestructura de 15/06/2016 - Normativa - VLEX 844041332

Resolución Nº 776/2016 de Agencia Nacional de Infraestructura de 15/06/2016

Número de resolución776/2016
Fecha15 Junio 2016
EmisorAgencia Nacional de Infraestructura (Colombia)
f
REPUBLICA DE COLOMBIA
AGENC IA NACIONAL DE INFRAESTR UCTURA
RESOLUCN r l 7 7 6 E
i . . 0*7 JUN 2016
Por la cual se reglamenta el ejercicio del derecho de petición en la Agencia Nacional de Infraestructura
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA N ACIONAL DE IN FRAESTRUCTURA
En ejercicio de sus faculta des legales y en especial las conferidas en el artículo 22 del
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administra tivo Ley 1437 de
2011, articulo 17 numerales 10 y 11 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto 4165 del 03 de
noviembre de 2011, y
CONSIDE RANDO QUE:
El arculo 23 de la Constitucn Polític a dispone. Toda persona tiene derecho a p resentar peticiones
respetuosas a ¡as autoridades po r motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución.
El legislador p od reg lamentar su ejercicio ante organizaciones privadas p ara ga rantizar los derechos
fundamentales".
Por expresa disposición del arculo 308 de la L ey 1437 de 2011 Po r la cual se expide el Código de
Procedimiento Administrativo / de lo Contencioso Administrativo", el Decreto 01 de 1984 Por el cual se
reforma e l digo Contencioso Administra tivo , de de regir a partir del 2 de Julio de 2011.
La ley 1437 de 2011, reguló el derecho de petición en los arculos 13 al 33, los cuales mediante
sentencia 0 - 818 de 2011 fueron declarados inexequibles con efecto diferido hasta el 31 de diciembre
de 2014, declaratoria a la que recurrió la Corte Constitucional, en forma excepcional, previendo el vacío
legal que suscitaba, y los graves riesgos que origin aba frente al goce efectivo del derecho fundamental
de petición.
Ante la ausencia de sustento normativo en materia de derecho de petición al inicio de la vigencia 2015,
se proced a aplicar el Decreto 01 de 1984 digo contencioso admin istrativo, con sustento en el
concepto No 2243 del 28 de enero de 2015, emitido, por la sala y co nsulta civil del Consejo de Estado,
sobre la reviviscencia de las normas jurídicas que regulaban el derecho de petición.
Mediante ley Estatutaria 1755 expedida el 30 de junio de 2015, Por la cual se regula el Derecho
fundam ental de Peticn y se sustituye un tulo del digo de Procedimiento Administrativ o y de lo
Contencioso Administrativo", especialm ente lo señalado en el artículo 22, surge la necesidad de
reglamentar el ejercicio del derecho de petición al inte rior de la Agencia Nacional de Infraestructura con
soporte en este nuevo lineamiento.
^Por lo expuesto.
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