Resolución N° 821 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 22-08-2006 - Normativa - VLEX 878409459

Resolución N° 821 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 22-08-2006

Número de resolución821
Fecha22 Agosto 2006
Fecha de publicación30 Agosto 2006
Tipo de documentoResolución
MateriaOtro
Partes-
RESOLUCIÓN No

RESOLUCIÓN No. 000821

( 22 de Agosto de 2006 )



Por la cual se reconoce y ordena pagar al señor JORGE QUINTERO SUAREZ, la suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS ($3.340.838), por concepto de prestaciones sociales.


EL DIRECTOR GENERAL ENCARGADO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL PARA LA DEFENSA DE LA MESETA DE BUCARAMANGA, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y ESTATUTARIAS, Y



CONSIDERANDO:


  1. Que mediante Resolución No.000226 de febrero 21 de 2006, se aceptó al señor JORGE QUINTERO SUAREZ, identificado con cédula de ciudadanía 13.001.507 de Ipiales (Nariño), la renuncia al cargo de CELADOR, código 5320 grado 9, en calidad de Empleado Público, a partir del día primero (1º.) de agosto de 2006, en virtud que Cajanal le concedió la Pensión de Jubilación y se ordenó igualmente la liquidación y pago de sus Prestaciones Sociales.


  1. Que de conformidad con la liquidación efectuada por Gestión Humana, le corresponde al señor JORGE QUINTERO SUAREZ, la suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS (3.340.838) por concepto de prestaciones sociales, generadas al momento del retiro.


Por lo expuesto anteriormente,



RESUELVE:



ARTICULO PRIMERO: Reconocer y ordenar pagar al señor JORGE QUINTERO

SUAREZ, la suma de TRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS ($3.340.838), por concepto de Prestaciones Sociales a que tiene derecho por el tiempo de servicio a la Entidad.



ARTÍCULO SEGUNDO: Descontar de la suma de dinero anteriormente mencionada TRES

MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS ($3.340.838) para abonar al préstamo del Fondo de Vivienda.



PARAGRAFO: La liquidación de Prestaciones del señor JORGE QUINTERO SUAREZ,

elaborada por Gestión Humana, forma parte integral de esta providencia.


ARTICULO TERCERO: Contra la presente resolución procede el recurso de

reposición Interpuesto ante la Dirección General, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de notificación.



NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE



Dada en Bucaramanga, a los





HERNANDO GUEVARA PINEDA

Director General (E)



Revisó:

José Antonio Forero López


Elaboró:

Dubby A.





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