Resolución número 000010 de 2018, por la cual se seleccionan unos contribuyentes para facturar electrónicamente. - 13 de Febrero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 703292985

Resolución número 000010 de 2018, por la cual se seleccionan unos contribuyentes para facturar electrónicamente.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín50506

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en ejercicio de las facultades legales y, en especial las consagradas en el artículo 6º numerales 7 y 12 del Decreto 4048 de 2008, el artículo 684-2 del Estatuto Tributario, el artículo 1.6.1.4.1.10, del Decreto Único Reglamentario 1625 del 11 de octubre de 2016 y de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2º transitorio del artículo 308 de la Ley 1819 del 29 de diciembre de 2016.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 615 del Estatuto Tributario establece que todas las personas o entidades que tengan la calidad de comerciantes, ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a estas, o enajenen bienes producto de la actividad agrícola o ganadera deberán expedir factura o documento equivalente, independientemente de su calidad de contribuyentes o no contribuyentes de los impuestos administrados por la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en adelante DIAN.

Que el artículo 511 del Estatuto Tributario, establece que los responsables del impuesto sobre las ventas deberán entregar factura o documento equivalente por todas las operaciones que realicen.

Que el artículo 618 del Estatuto Tributario establece la factura o documento equivalente como un documento exigible por los adquirentes de bienes corporales muebles o servicios y dispone que la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), puede exigir su exhibición.

Que el artículo 684-2 del Estatuto Tributario señala que el Director General de la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), podrá prescribir que determinados contribuyentes o sectores, previa consideración de su capacidad económica, adopten sistemas técnicos razonables para el control de su actividad productora de renta, o implantar directamente los mismos, los cuales le servirán de base para la determinación de sus obligaciones tributarias.

Que la no adopción de los sistemas técnicos de control dará lugar a la aplicación de la sanción prevista en el artículo 684-2 del Estatuto Tributario.

Que de conformidad con el artículo 26 de la Ley 962 de julio 8 de 2005, la factura electrónica podrá expedirse, aceptarse, archivarse y en general llevarse usando cualquier tipo de tecnología disponible, siempre y cuando se cumplan todos los requisitos legales establecidos y la respectiva tecnología que garantice su autenticidad e integridad desde su expedición y durante todo el tiempo de conservación, aplicando así el principio de neutralidad tecnológica.

Que el 24 de noviembre de 2015 se profirió el Decreto 2242, el cual reglamentó las condiciones de expedición e interoperabilidad de la factura electrónica con fines de masificación y control fiscal, y fue compilado en el Decreto Único Reglamentario 1625 del 11 de octubre 2016, proferido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y que corresponde al Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

Que el artículo 183 de la Ley 1607 de 2012, establece que el Gobierno nacional podrá instaurar tecnologías para el control fiscal con el fin de combatir el fraude, la evasión y el contrabando, para lo cual podrá determinar controles, condiciones y características, así como los sectores o contribuyentes, o responsables obligados a adoptarlos.

Que el artículo 1.6.1.4.1.10 del Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016 establece que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), seleccionará mediante resolución de carácter general y de manera gradual las personas naturales o jurídicas que deberán facturar electrónicamente de acuerdo con la clasificación de actividades económicas adoptada a través de la Resolución 000139 del 21 de noviembre de 2012 y...

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