Resolución número 00002490 de 2022, por medio de la cual se modifican los artículos 3º, 4ºy 6º de la Resolución 1792 de 2021 en relación con los criterios de asignación, los paquetes y valores de los servicios de atención de partos por vía vaginal o cesárea y la fecha a partir de la cual serán objeto de financiación tales atenciones - 14 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 916878160

Resolución número 00002490 de 2022, por medio de la cual se modifican los artículos 3º, 4ºy 6º de la Resolución 1792 de 2021 en relación con los criterios de asignación, los paquetes y valores de los servicios de atención de partos por vía vaginal o cesárea y la fecha a partir de la cual serán objeto de financiación tales atenciones

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín52248

La Ministra de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el literal e) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, el numeral 42.2 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 1792 de 2021, este Ministerio determinó los criterios para la asignación de recursos a las entidades territoriales del proyecto de inversión con código BPIN 2020011000097 "Fortalecimiento de la Atención en Salud de la Población Migrante no Asegurada Nacional", con el propósito de financiar la atención por urgencias de partos vaginales y cesáreas de mujeres Venezolanas migrantes no aseguradas que demandan dichos servicios de salud.

Que uno de los criterios de asignación de la referida resolución es el "Esfuerzo de la entidad territorial en el pago de la facturación por atención de urgencias a migrantes venezolanos no asegurados con recursos propios", cuya fuente de información era la solicitada por la Oficina de Gestión Territorial de Emergencias y Desastres a las entidades territoriales beneficiarías de la asignación de recursos para las vigencias 2017, 2018 y 2019, dicha información, en la actualidad no puede ser tenida como fuente toda vez que solo algunas entidades reportan datos, razón por lo cual no se cuenta con insumos para dar aplicación al referido criterio.

Que, en virtud de lo anterior, es preciso incluir un nuevo criterio, el cual estará relacionado con las deudas que presenten los departamentos H distritos por concepto de atenciones de parto prestadas a mujeres migrantes venezolanas no aseguradas en las Empresas Sociales del Estado de su jurisdicción.

Que a través de las Resoluciones 1832 de 2021 y 2050 de 2022, este Ministerio asignó a departamentos y distritos recursos del "Proyecto de Inversión Fortalecimiento de la Atención en Salud de la Población Migrante no Asegurada Nacional", ejecución que es importante tener en cuenta para efectuar nuevas asignaciones, razón por la cual, se considera necesario incluir como requisito previo a la aplicación de los criterios establecidos en la Resolución 1792 de 2021, el estado de ejecución de estos, en el porcentaje que defina el Comité Asesor para la Asignación de Recursos a Proyectos a Cargo de la Dirección de Prestación de Servicios y Atención...

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