Resolución número 00002895 de 2019, por medio de la cual se realiza la distribución de las cuotas globales de pesca en los espacios marítimos jurisdiccionales colombianos entre los diferentes titulares de permiso para la vigencia del año 2020, incluido el Departamento Archipiélago San Andrés, Providencia y Santa Catalina y se establecen otras disposiciones - 30 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 834402957

Resolución número 00002895 de 2019, por medio de la cual se realiza la distribución de las cuotas globales de pesca en los espacios marítimos jurisdiccionales colombianos entre los diferentes titulares de permiso para la vigencia del año 2020, incluido el Departamento Archipiélago San Andrés, Providencia y Santa Catalina y se establecen otras disposiciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca
Número de Boletín51182

El Director General de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca, en uso de las facultades que le confiere la Ley 13 de 1990, el Decreto Ley 4181 del 3 de noviembre de 2011 y el Decreto 1071 del 26 de mayo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 80 de la Constitución Política de Colombia establece que "El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. (...)";

Que la Ley 13 de 1990 determinó que "compete al Estado administrar, fomentar y controlar la actividad pesquera" y el artículo 3º ibidem declaró "la actividad pesquera de utilidad pública e interés social";

Que mediante Decreto 4181 del 3 de noviembre de 2011, se crea la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap);

Que el artículo 3º del Decreto 4181 del 2011, estableció como uno de los objetivos institucionales de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap), ejercer la autoridad pesquera y acuícola de Colombia, para lo cual adelantará los procesos de planificación, investigación, ordenamiento, fomento, regulación, registro, información, inspección, vigilancia y control de las actividades de pesca y acuicultura, aplicando las sanciones a que haya lugar, dentro de una política de fomento y desarrollo sostenible de estos recursos, lo cual se encuentra acorde con lo consagrado en el artículo 1º de la Ley

13 de 1990;

Que de conformidad con los numerales 2 y 5 del artículo 13 de la Ley 13 de 1990, hoy competencia de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap) le corresponde contribuir en la formulación de la política pesquera nacional; administrar, fomentar y controlar la actividad pesquera y acuícola, así como la atribución para expedir las normas para su ejercicio y establecer los trámites y requisitos para el otorgamiento de autorizaciones, permisos, patentes, concesiones, y salvoconductos;

Que mediante Resolución número 000350 del 25 de octubre de 2019, del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, se estableció la cuota global de pesca de las diferentes especies bajo aprovechamiento para el año 2020;

Que con base en lo anterior, la Aunap expidió la Resolución número 2795 del 13 de diciembre de 2019, distribuyendo la cuota global de pesca establecida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural mediante la Resolución número 350 del 25 de octubre de 2019, señalando el porcentaje que se destinará de la misma a la pesca artesanal, pesca industrial y un porcentaje de reserva para nuevos usuarios, cuando la magnitud del recurso lo permita, en concordancia con lo señalado en el artículo 2.16.1.2.6 del Decreto 1071 de

2015;

Que a través de la Resolución número 000434 del 18 de diciembre de 2019 se modifica la Resolución 0350 de 2019, que entre otros aspectos, en el artículo 3º establece la cuota global de Caracol pala - Lobatus gigas (estado limpio) en 9 toneladas con un margen de captura de una tonelada por encima de la establecida con el fin de facilitar el control de la cuota y circunscrita solo para el banco Serrana;

Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 2.16.1.2.7 del Decreto 1071 del 26 de mayo de 2015, la Aunap con base en los porcentajes establecidos elaborará un proyecto de distribución de la cuota de pesca entre los diferentes titulares de permiso. Para la elaboración del proyecto se tendrá en cuenta lo siguiente:

1. Los volúmenes efectivamente extraídos en el año inmediatamente anterior.

2. La capacidad instalada y el número, características y eficiencia de las embarcaciones pesqueras.

3. Las proyecciones de ampliación o de reducción de las actividades u operaciones de las empresas.

4. El cumplimiento de las obligaciones y de las normas legales sobre la actividad pesquera por parte del titular del permiso.

5. El empleo de embarcaciones pesqueras de bandera colombiana.

6. La calidad de empresa integrada.

Este proyecto de distribución deberá ser aprobado por el Consejo Técnico Asesor. Una vez aprobado, el Director General de la Aunap expedirá el acto administrativo de asignación de cuotas, el cual será publicado en el Diario Oficial y comunicado a los interesados;

Que en la Resolución número 0350 del 25 de octubre de 2019, modificada por la Resolución número 434 del 18 de diciembre de 2019, autorizó una cuota de aprovechamiento de tiburones para la pesca artesanal, lo cual va en concordancia con lo señalado en la Resolución número 001743 del 29 de...

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