Resolución número 00003168 de 2015, por la cual se modifica el artículo 37 de la Resolución 2674 de 2013 - 28 de Agosto de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 581728238

Resolución número 00003168 de 2015, por la cual se modifica el artículo 37 de la Resolución 2674 de 2013

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49618

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en la Ley 09 de 1979, el artículo 2º4 del Decreto ley 4107 de 2011 y el artículo 126 del Decreto ley 019 de 2012 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 2674 de 2013 este Ministerio reglamentó el artículo 126 del Decreto ley 019 de 2012, respecto a los requisitos para la Notificación Sanitaria, Permiso Sanitario y Registro Sanitario de alimentos.

Que en la precitada resolución, se contemplaron los diferentes aspectos sanitarios que deben cumplir los interesados en producir y comercializar alimentos en el territorio nacional, entre otros, los requisitos para que el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) conceda las correspondientes notificaciones sanitarias, permisos sanitarios y registros sanitarios, de acuerdo a la clasificación del riesgo en salud pública de dichos productos.

Que el mismo acto administrativo en su artículo 37, prevé la obligatoriedad del Registro Sanitario, Permiso Sanitario o Notificación Sanitaria, para todo alimento que se expenda directamente al consumidor, así como los productos alimenticios exceptuados de dicha autorización.

Que de otra parte, este Ministerio a través de la Resolución 719 de 2015, estableció la clasificación de los alimentos para consumo humano de acuerdo con el riesgo en salud pública, razón por la cual se hace necesario que el Invima asigne la nomenclatura de identificación del producto, según la autorización que esa Entidad expida, así como ejercer las acciones de inspección, vigilancia y control sobre alimentos.

Que así mismo, es necesario precisar que una vez el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) expida la Notificación Sanitaria, Permiso Sanitario o Registro Sanitario o sus respectivas renovaciones, de manera automática, esa entidad debe realizar la verificación de la documentación que soporta el cumplimiento de los requisitos sanitarios establecidos en la Resolución 2674 de 2013.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º. Modifíquese el artículo 37 de la Resolución 2674 de 2013, el cual quedará así: "Artículo 37. Obligatoriedad de la Notificación Sanitaria, Permiso Sanitario y Registro Sanitario. Todo alimento que se expenda directamente al consumidor deberá obtener, de acuerdo con el riesgo en salud pública y a los requisitos establecidos en la presente resolución, la correspondiente Notificación Sanitaria (NSA),...

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