Resolución número 0000509 de 2018, por la cual se modifica la Resolución número 000660 de 2017, por medio de la cual se adopta el procedimiento para establecer las medidas de compensación por pérdida de biodiversidad para los trámites ambientales de competencia de la CRA y se toman otras disposiciones - 15 de Septiembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 739372193

Resolución número 0000509 de 2018, por la cual se modifica la Resolución número 000660 de 2017, por medio de la cual se adopta el procedimiento para establecer las medidas de compensación por pérdida de biodiversidad para los trámites ambientales de competencia de la CRA y se toman otras disposiciones

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Atlántico
Número de Boletín50717

El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico (CRA) en uso de sus facultades legales contenidas en la Ley 99 de 1993, y teniendo en cuenta la Ley 1437 de 2011, el Decreto 2811 de 1974, el Decreto 1076 de 2015, la Resolución 660 de 2017, la Resolución 661 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Antecedentes

Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial - Hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, reglamentó la asignación de compensaciones ambientales establecidas por el artículo 57 de la Ley 99 de 1993 a través de la Resolución número 1517 de 2012 que adoptó el Manual para la Asignación de Compensaciones por Pérdida de Biodiversidad, cuyo ámbito de aplicación era obligatorio para los usuarios que elaboren y presenten las medidas de compensación contenidas en los estudios ambientales exigidos para la obtención de la licencia ambiental de los proyectos, obras o actividades contenidas en el Anexo 3 de dicho Manual de competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).

Que de acuerdo a lo señalado en el Manual adoptado por el MADS, se contempló la necesidad de contar con un portafolio de áreas prioritarias para la conservación que sirviera como herramienta básica para ejecutar las compensaciones en aquellas áreas donde se evidenciará una mejor oportunidad para la conservación.

Que como respuesta a las necesidades de conservación en el departamento del Atlántico, y en cumplimiento de las obligaciones establecidas para la protección de los recursos naturales y en sí de las áreas de especial importancia ambiental, fue necesaria la adopción del señalado portafolio de áreas prioritarias para la conservación de la biodiversidad mediante la Resolución número 0000799 de 2015, como una herramienta para la asignación de compensaciones en el departamento del Atlántico.

Que teniendo en cuenta que las compensaciones por pérdida de biodiversidad no se encontraban expresamente reguladas, esta entidad ambiental consideró a todas luces necesario, adoptar un procedimiento para establecer las medidas de compensación por pérdida de biodiversidad para los trámites ambientales de competencia de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, de conformidad con lo previsto en la ley, expidiéndose para ello la Resolución número 000660 de 2017.

Que con el fin de mejorar los criterios y condiciones para diseñar e implementar acciones de compensación en las áreas prioritarias para la conservación de la biodiversidad del departamento, esta autoridad adoptó la Guía para implementar acciones de compensación del Atlántico a través de la Resolución número 000661 de 2017.

Que esta Corporación a través de la Resolución número 0000360 de 2018 estableció la ruta para la aplicación de las medidas de compensación y reposición en aprovechamientos forestales en el departamento del Atlántico, con el fin de brindar lineamientos para diferenciar la aplicación de los diferentes tipos de compensación según el tipo de aprovechamiento forestal.

Que a través de la Resolución número 256 de 2018, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible adoptó la actualización del Manual de Compensaciones Ambientales del Componente Biótico y derogó la Resolución número 1517 de 2012 y modificó el numeral 1.2 del artículo 10 de la resolución

1526 de 2012.

Que con la adopción del mencionado Manual para la asignación de compensaciones del componente biótico, el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, estableció que: "Las compensaciones deben dirigirse a conservar áreas ecológicamente equivalentes a las afectadas, en lugares que representen la mejor oportunidad de conservación efectiva, es decir que cumplan con los siguientes criterios: "(...) 3. Deben estar preferiblemente identificadas en el Plan Nacional de Restauración, las áreas de importancia para la conservación, los portafolios regionales o nacionales de compensación, las áreas protegidas que en su plan de manejo o documento técnico de soporte de declaratoria o ampliación definan acciones específicas de conservación (preservación, restauración y uso sostenible) (...)".

Consideraciones jurídicas

Que la Constitución Política de Colombia, establece el derecho de todas las personas de gozar de un ambiente sano, así como la obligación de estas y del Estado de garantizar la protección de "Las Riquezas Culturales y Naturales de la Nación".

Que el artículo 79 de la Carta Fundamental consagra adicionalmente: "Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines".

Que en igual sentido el artículo 80 de la Carta fundamental establece: "El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.

Que el artículo primero de la Ley 99 de 1993, establece algunos principios orientados a la protección ambiental, entre los que se destacan: "la protección prioritaria y el aprovechamiento sostenible de la biodiversidad del país, por ser estos patrimonio nacional e interés de la humanidad (numeral 2), y la protección especial del paisaje (numeral 8).

Que el artículo 23 de la Ley 99 de 1993, define la naturaleza jurídica de las Corporaciones Autónoma Regionales como entes "encargados por la ley de administrar dentro del área de su jurisdicción, el Medio Ambiente y los Recursos Naturales Renovables y propender por su desarrollo sostenible de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente".

Que de conformidad con la delegación de funciones y competencias, asignadas por la Ley 99 de 1993, y específicamente en consideración a lo contemplado en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR