Resolución número 0000828 de 2021, por medio de la cual se modifican los artículos 11 y 20 de la Resolución número 1545 de 2019, en cuanto al plazo para desarrollo de las mesas de saneamiento de aportes patronales y el reporte consolidado de ejecución de recursos del Sistema General de Participaciones - 21 de Junio de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 869936217

Resolución número 0000828 de 2021, por medio de la cual se modifican los artículos 11 y 20 de la Resolución número 1545 de 2019, en cuanto al plazo para desarrollo de las mesas de saneamiento de aportes patronales y el reporte consolidado de ejecución de recursos del Sistema General de Participaciones

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín51712

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en los artículos 85 de la Ley 1438 de 2011 y de la Ley 1797 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución número 1545 de 2019, modificada por las Resoluciones números 616 y 2460 de 2020, determinó el procedimiento para el saneamiento de aportes patronales financiados con recursos del Sistema General de Participaciones por concepto de pensión, salud, riesgos laborales y cesantías de las vigencias 2012 a 2016, previendo en el artículo 11, el término de (410) días calendario para adelantar las mesas de saneamiento en las que se aclararán y conciliarán los citados recursos.

Que este Ministerio mediante la Resolución número 385 del 12 de marzo de 2020, modificada por las Resoluciones números 844, 1462, 2230 de 2020, 222 y 738 de 2021, declaró el estado de emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19 en todo el territorio nacional hasta el 31 de agosto de 2021 y, en consecuencia, viene adoptando una serie de medidas con el objeto de prevenir y controlar la propagación de la enfermedad y mitigar sus efectos.

Que en desarrollo del proceso de saneamiento de aportes patronales por concepto de pensión, salud, riesgos laborales y cesantías de las vigencias 2012 a 2016, tanto las entidades administradoras como las entidades empleadoras, han manifestado dificultades para dar cumplimiento a los plazos establecidos, en especial la instalación y las sesiones de las mesas de conciliación de forma presencial, dado el impacto y las medidas adoptadas por el Gobierno nacional y local para contrarrestar los efectos suscitados por la emergencia sanitaria por causa de la COVID-19, en todo el territorio nacional, así como a los problemas de conectividad para las actividades programadas de forma virtual, en algunos municipios, lo cual ha impedido el desarrollo normal de las actividades agendadas.

Que en razón a lo anterior, los actores participantes en el proceso de saneamiento previsto en la Resolución número 1545 de 2019 y sus modificatorias, han solicitado la ampliación del término de ejecución de la etapa de las mesas de conciliación conforme al término de ampliación de la emergencia sanitaria, prevista hasta el momento, a 31 de agosto de 2021.

Que la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), se encuentra trabajando en la recomposición de las bolsas individuales de aportes patronales de cada entidad empleadora beneficiaria de los recursos del...

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