Resolución número 0001324 de 2021, por la cual se modifica la Resolución número 166 de 2021 en relación con el procedimiento para el reconocimiento y pago de los costos asociados al agendamiento, aplicación, verificación, apoyo y validación de las vacunas contra el COVID-19 - 30 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 875478620

Resolución número 0001324 de 2021, por la cual se modifica la Resolución número 166 de 2021 en relación con el procedimiento para el reconocimiento y pago de los costos asociados al agendamiento, aplicación, verificación, apoyo y validación de las vacunas contra el COVID-19

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín51782

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas por el numeral 3 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993, el artículo 69 de la Ley 1753 de 2015 y los artículos 23, 24 y 25 del Decreto número 109 de 2021,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución número 166 de 2021 este Ministerio adoptó la metodología para la determinación de los valores a reconocer tanto a los prestadores de servicios de salud y demás entidades con servicios de vacunación habilitados o autorizadas transitoriamente, por los costos asociados al agendamiento de las citas y a la aplicación de las vacunas contra el COVID-19, como a las entidades responsables del aseguramiento en salud, por los costos asociados al proceso de validación para el pago y el apoyo para que los prestadores y demás entidades habilitadas para prestar el servicio de vacunación.

Que, el Gobierno nacional a través del Decreto número 404 de 2021 modificó el Decreto número 109 de 2021, con el propósito de ajustar el mecanismo de reconocimiento y pago de los costos asociados al agendamiento y a la aplicación de la vacuna para SARS CoV-2 y de esta manera garantizar el flujo de los recursos.

Que, en el mencionado acto administrativo se determinó que el valor del giro previo se calculaba teniendo en cuenta las dosis aplicadas registradas en PAIWEB y que se encuentren en proceso de validación por las entidades responsables del aseguramiento o los departamentos y distritos; sin embargo, con corte a 18 de agosto de 2021 se observa un rezago del 34% en la digitación de las dosis aplicadas en el mencionado sistema, situación que afecta el giro de los recursos a los prestadores de servicios de salud y demás entidades con servicios de vacunación habilitados.

Que, en la implementación del Plan Nacional de Vacunación se ha observado que el rezago del reporte de la información de PAIWEB genera restricciones en la garantía de flujo de recursos, y en especial en el mecanismo de giro previo a la validación, resultando necesario definir un procedimiento transitorio que permita agilizar dicho mecanismo, y de esta manera continuar con la operación de la inmunización en el territorio nacional.

Que, en este sentido, se considera necesario acudir a otra fuente de información de dosis aplicadas y, adicionalmente, ampliar el porcentaje del valor del giro previo del 50% al 80%, atendiendo a que el porcentaje de no aprobación de las solicitudes es menor al 16%, de conformidad con el reporte realizado por las entidades responsables del aseguramiento con corte al 27 de julio de 2021, en el cual se evidencia que, que 84% de las dosis revisadas correspondientes a los procesos 01 y 02 de 2021 han pasado los procesos de validación para facturación.

Que, con el fin de agilizar el flujo de los recursos a prestadores de servicios de salud y demás entidades con servicios de vacunación habilitados o autorizados transitoriamente y con ello garantizar la adecuada operación y continuidad del Plan Nacional de Vacunación, se requiere adicionar mecanismos de reporte de información que permitan la validación de dosis asignadas y aplicadas y simplificar los requisitos exigidos para el cobro del giro previo.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Modificar el artículo 6º de la Resolución número 166 de 2021, modificado por las Resoluciones números 508 y 651 de 2021, el cual quedará así:

"Artículo 6º. Reconocimiento y pago de los costos asociados al agendamiento y a la aplicación de la vacuna. A los prestadores de servicios de salud y demás entidades con servicios de vacunación habilitados o autorizados transitoriamente se les reconocerán los costos asociados al agendamiento y aplicación de la vacuna en función a las dosis aplicadas durante el mes, previa validación de las entidades responsables del aseguramiento en salud, los administradores de regímenes especiales y de excepción, el Fondo Nacional de Salud de las personas privadas de la libertad y los departamentos y distritos, respecto de la población no afiliada que tengan a cargo o para la población que estando afiliada sea objeto de estrategias de vacunación definidos por esta en coordinación con las entidades responsables del aseguramiento.

El reconocimiento se realizará en dos momentos a saber: i) giro previo a la validación; y ii) reconocimiento del valor total a pagar y/o legalización del giro previo y facturación del saldo, este último cuando haya lugar; conforme el siguiente procedimiento.

6.1 Giro previo a la validación

La Unidad Nacional de Gestión de Riesgos y Desastres - Fondo Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (NGRD) realizará giros previos al proceso de validación,

teniendo en cuenta el registro de las dosis aplicadas por los prestadores de servicios de salud, las entidades habilitadas para prestar el servicio de vacunación y las autorizadas transitoriamente. El giro previo corresponderá al ochenta por ciento (80%) del valor que resulte de multiplicar el número de dosis aplicadas en el periodo por $9.025. El reporte de las dosis aplicadas se realizará a través de los siguientes mecanismos: 1. Para las dosis aplicadas entre el 17 de febrero y el 20 de agosto de 2021, los departamentos y distritos...

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