Resolución número 0001455 de 2022, por medio de la cual se modifican los artículos 13 y 14 de la Resolución número 1545 de 2019, en cuanto al plazo para efectuar aplicaciones, traslados y devoluciones de excedentes conciliados en el procedimiento para el saneamiento de aportes patronales de las vigencias 2012 a 2016, financiados con recursos del Sistema General de Participaciones - 19 de Agosto de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 909488976

Resolución número 0001455 de 2022, por medio de la cual se modifican los artículos 13 y 14 de la Resolución número 1545 de 2019, en cuanto al plazo para efectuar aplicaciones, traslados y devoluciones de excedentes conciliados en el procedimiento para el saneamiento de aportes patronales de las vigencias 2012 a 2016, financiados con recursos del Sistema General de Participaciones

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín52131

La Ministra de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en los artículos 85 de la Ley 1438 de 2011 y de la Ley 1797 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que este Ministerio a través de la Resolución número 1545 de 2019 modificada por las Resoluciones números 616 y 2460 de 2020, 828 de 2021 y 506 de 2022, determinó el procedimiento para el saneamiento de aportes patronales por concepto de pensión, salud, riesgos laborales y cesantías de las vigencias 2012 a 2016, estableciendo en los artículos 13 y 14 el término para que las entidades empleadoras realicen las solicitudes de aplicación de saldos a deudas a favor del SGSSS, traslados de saldos entre entidades administradoras y devoluciones a las entidades empleadoras, con cargo a excedentes conciliados del Sistema General de Participaciones.

Que la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones es una de las principales entidades administradoras participantes en el proceso de saneamiento de aportes patronales, la cual, mediante radicado 202242301619532 del 1º de agosto de 2022, indicó un avance del 98,45% con entidades empleadoras. Así mismo, solicitó una ampliación del término establecido en la mencionada Resolución número 1545 de 2019, con el fin de culminar el trámite de las solicitudes recibidas para efectuar traslados y devoluciones de excedentes conciliados del Sistema General de Participaciones.

Que la Secretaría de Salud de Santander mediante oficio 202242301616612 del 1º de agosto de 2022, relaciona a las Empresas Sociales del Estado de su jurisdicción que han tenido dificultades en el proceso de cruces y traslados de excedentes del Sistema General de Participaciones, que deben efectuar con las entidades administradoras, exponiendo, entre otros aspectos situaciones particulares con Colpensiones que impiden contar con traslados requeridos

para cubrir el déficit del recursos con otras entidades administradoras, por lo cual, solicitan la ampliación del plazo para poder adelantar el proceso ya enunciado.

Que la Secretaría de Salud de Sucre informó mediante radicado 202242301719642 del 11 de agosto de 2022, que persisten Empresas Sociales del Estado en proceso de radicación de solicitudes de aplicaciones, traslados y devoluciones, requiriendo la ampliación del plazo para surtir adecuadamente dicho trámite ante las entidades administradoras.

Que el artículo 11 de la Resolución número 1545 de 2019, modificado mediante el artículo 1º de las Resoluciones números 2460 de 2020, 828 de 2021 y 506 de 2022, previó que hasta el 30 de junio de 2022 se llevarían a cabo las mesas de saneamiento en las que se aclararían y conciliarían los recursos de aportes patronales para el periodo comprendido entre el 1º de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2016.

Que el artículo 13 de la Resolución número 1545 de 2019, prevé que efectuada la conciliación y en el evento que se presenten saldos a favor de la entidad empleadora, esta deberá solicitar a la entidad administradora, en caso de presentar deudas por concepto de aportes patronales con otras administradoras, el traslado de dichos recursos hacia estas últimas, incluyendo los destinados hacia las entidades promotoras de salud y entidades adaptadas o ADRES o, de no presentar deudas por este concepto solicitará la entidad empleadora la...

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