Resolución número 0001528 de 2017, por la cual se implementa el Sistema de Administración de Puentes de Colombia (Sipucol) de la Red Vial Nacional, la Ficha Técnica de Información de Sipucol y se dictan otras disposiciones - 23 de Mayo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 680246469

Resolución número 0001528 de 2017, por la cual se implementa el Sistema de Administración de Puentes de Colombia (Sipucol) de la Red Vial Nacional, la Ficha Técnica de Información de Sipucol y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín50242

El Ministro de Transporte, en uso de sus facultades Constitucionales y Legales conferidas, en especial el numeral 6.2 del artículo 6º del Decreto 087 de 2011.

CONSIDERANDO:

Que la Ley 105 de 1993, en los artículos 12 y 13, señalan:

"Artículo 12. Definición de Integración de la Infraestructura de Transporte a Cargo de la Nación. Se entiende por infraestructura del transporte a cargo de la Nación, aquella de su propiedad que cumple la función básica de integración de las principales zonas de producción y de consumo del país, y de este con los demás países.

Esta infraestructura está constituida por: "(■■■) 7. Los puentes construidos sobre los accesos viales en zonas de frontera.

8. Los viaductos, túneles, puentes y accesos en general a las capitales de departamentos, distritos y municipios".

ARTÍCULO 13. Especificaciones de la Red Nacional de Carreteras. La red nacional de carreteras que se construya a partir de la vigencia de la presente ley, tendrá como mínimo las siguientes especificaciones de diseño.

(...) t PARÁGRAFO 3º. El Ministerio de Transporte reglamentará y actualizará con la periodicidad que estime conveniente las normas sobre diseños de carreteras y puentes".

Que el Decreto 2618 de 201 3, en el artículo 2º, numeral 2.2, establece:

"Artículo 2º. Funciones del Instituto Nacional de Vías (Invías). Para el cumplimiento de sus objetivos el Instituto Nacional de Vías (Invías), desarrollará las siguientesfunciones generales: "(...) 2.2 Elaborar conjuntamente con el Ministerio de Transporte los planes, programas y proyectos tendientes a la construcción, reconstrucción, mejoramiento, rehabilitación, conservación, atención de emergencias, y demás obras que requiera la infraestructura de su competencia".

Que el Instituto Nacional de Vías (Invías), para el cumplimiento de sus funciones con respecto al mantenimiento del estado de conservación, funcionamiento y capacidad de carga de las estructuras de todos los puentes que hacen parte de la Red Vial Nacional que se encuentren a su cargo y en cabeza de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), requiere actualizar la base de datos, así como conservarla de manera unificada a través de la Oficina de Puentes de la Subdirección de la Red Nacional de Carreteras del Instituto Nacional de Vías (Invías).

Que por lo tanto, se requiere recopilar toda la información técnica disponible, relacionada con: Localización geográfica, estudios técnicos previos y complementarios, diseño geométrico de la vía, estudios geotécnicos y de amenaza sísmica del sitio o de la zona donde se emplaza la estructura, estudios de estabilidad de la zona del ponteadero, hidrología, hidráulica y socavación en los casos donde corresponda; tipología estructural y constructiva de la infraestructura y la superestructura, información técnica del diseño estructural y del proceso constructivo de los puentes nuevos y de los existentes; información técnica de estudios y procesos de rehabilitación por pérdida de resistencia o deterioro de los elementos estructurales de la infraestructura o de la superestructura, reforzamiento para aumentar su capacidad de carga vehicular o la resistencia sísmica, ampliaciones de calzada o adiciones de andenes peatonales y sustitución de placas de rodadura. Igualmente es de gran importancia la recopilación de los planos récord de las obras y de los libros de obra donde consten las modificaciones efectuadas en los procesos constructivos y los inconvenientes que se hubieran presentado durante la ejecución de las obras nuevas o de intervenciones de reforzamiento, modificaciones o adiciones estructurales.

Que la información anteriormente citada, debe ser ordenada y sistematizada para constituir una herramienta fundamental para realizar los estudios de ingeniería estructural que permitan conocer la capacidad de carga de puentes y así poder analizar la factibilidad de otorgar los permisos para el transporte de cargas indivisibles, extrapesadas y extradimensionadas que circulen sobre la Red Vial Nacional de Carreteras, a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías), o de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI).

Que para obtener la mencionada información de manera clara, precisa y unificada, se requiere implementar la "Ficha Técnica de Información del Sistema de Administración de Puentes de Colombia (Sipucol), y los formatos e instructivos pertinentes.

Que el Instituto Nacional de Vías (Invías), conservará los documentos asociados al proceso de divulgación y participación ciudadana, incluidos los cronogramas, actas, comentarios, grabaciones e informes que evidencien la publicidad del proyecto y la participación de los ciudadanos y grupos de interés, todo ello en concordancia con las políticas de gestión documental y de archivo de la entidad.

Que mediante memorando 20173210161372 de 2017, el Subdirector de Estudios e Innovación del Instituto Nacional de Vías (Invías), solicita la emisión del acto administrativo respectivo.

Que el contenido de la presente resolución, fue publicado en la página web del Ministerio de Transporte, en cumplimiento de lo determinado en el literal 8 del artículo de la Ley 1437 de 2011, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas.

Que conforme a lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

Implementar el Sistema de Administración de Puentes de Colombia (Sipucol), el cual debe regir en todo el territorio nacional, la Ficha Técnica de Información del Sistema de Administración de Puentes (Sipucol), y los documentos soporte, lo cual hacen parte integral de la presente resolución, será administrada por el Instituto Nacional de Vías (Invías), y contendrá información técnica actualizada y confiable para incorporar a la base de datos de los puentes existentes en la Red Vial Nacional.

Artículo 2º Aplicación.

La Ficha Técnica de Información del Sistema deAdministración de

Puentes de Colombia (Sipucol), y sus documentos soporte, es una herramienta fundamental para:

· Realizar los estudios de ingeniería estructural que permita conocer la capacidad de carga de puentes.

· Analizar la factibilidad de otorgar los permisos para el transporte de cargas indivisibles extrapesadas y extradimensionadas que circulen sobre las carreteras nacionales, y

· Adoptar decisiones de limitación de carga de servicio en casos de deterioro o desgaste de los...

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