Resolución número 00017334 de 2019, por medio de la cual se establece el plan de bioseguridad y vigilanciafitosanitaria para la Marchitex por Fusarium en predios de producción de plátano y banano registrados ante el ICA para la exportación en fresco - 29 de Octubre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 822026969

Resolución número 00017334 de 2019, por medio de la cual se establece el plan de bioseguridad y vigilanciafitosanitaria para la Marchitex por Fusarium en predios de producción de plátano y banano registrados ante el ICA para la exportación en fresco

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín51121

La Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 4º del Decreto 3761 de 2009, el numeral 1 del artículo 2.13.1.3.1 del Decreto 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) como Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) tiene la función de proteger la sanidad vegetal del país, mediante la ejecución de acciones de prevención, control y erradicación de plagas.

Que corresponde al ICA establecer las acciones que sean necesarias para la prevención, control, manejo técnico y económico de plagas y enfermedades de los vegetales y sus productos.

Que el ICAmediante la expedición de la Resolución 448 de 2016 estableció los requisitos para el registro ante el ICA de los predios de producción de vegetales para exportación en fresco, el registro de los exportadores y el registro de las plantas empacadoras de vegetales para la exportación en fresco.

Que así mismo la citada resolución estableció como obligación de los titulares de registros de predios productores de vegetales para exportación en fresco, la implementación y cumplimiento de los planes fitosanitarios para plagas que el ICA establezca.

Que los países de Latinoamérica y el Caribe constituyen la zona de mayor producción comercial de banano y plátano en el mundo y que desde el punto de vista socioeconómico el cultivo de estas especies vegetales en Colombia representa un renglón determinante en la economía nacional, la seguridad alimentaria y en la generación de cientos de empleos directos e indirectos para el campo colombiano.

Que el banano y el plátano ocupan el tercer lugar en importancia para el sector agrícola de Colombia, originando el 35,97% de las exportaciones y generando el 12% de los empleos del sector agropecuario del país.

Que la Marchitez por Fusarium de las musáceas causada por el hongo Fusarium oxysporum f.sp. cubense (Foc), es una de las enfermedades más importantes en la historia de la agricultura, que ocasiona la muerte de las plantas contaminando los campos de cultivo por más de 30 años.

Que existen tres razas fisiológicas de Foc que tienen como hospedantes el banano y el plátano de las cuales la raza 1 ataca a los clones "Gros Michel" (AAA), "Manzano" (Silk, AAB), "Pisang awak" (ABB), "Abaca" (AA), "Maqueño" (AAB) y "Pome" (AAB); la raza 2 ataca Bluggoe y otros clones de genoma ABB; La raza 4 es patogénica a los Clones "Cavendish" (AAA) y a todos los cultivares susceptibles a las razas 1 y 2. Así mismo, que todas las razas de Foc, ocasionan los mismos síntomas en plantas afectadas por el patógeno.

Que durante la década de 1940 y 1950, la presencia en el país de la raza 1 del patógeno Fusarium oxysporum f.sp. cubense (Foc), provocó la sustitución de las variedades de banano "Gros Michel", por clones resistentes del subgrupo Cavendish.

Que en agosto del 2019, se confirmó la presencia de la Raza 4 Tropical de Foc (Foc R4T) en cultivos de banano Cavendish del departamento de La Guajira, Colombia.

Que Fusarium oxysporum f.sp. cubense Raza 4 Tropical (Foc R4T) es una de las principales plagas de importancia económica y cuarentenaria en el mundo la cual restringe la exportación de plátano y banano hacia otros países.

Que teniendo en cuenta lo anterior y con el ánimo de prevenir la diseminación de la plaga Foc R4T hacia otras zonas de producción del país y lograr su detección oportuna, se hace necesario establecer un plan de bioseguridad y vigilancia fitosanitaria para la Marchitez por Fusarium en predios de producción de plátano y banano registrados ante el ICA para exportación en fresco.

En virtud de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

Establecer el plan de bioseguridad y vigilancia fitosanitaria para la Marchitez por Fusarium en predios de producción de plátano y banano registrados ante el ICA para la exportación en fresco.

Artículo 2º Campo de aplicación.

Las...

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