Resolución número 000184 de 2020, por la cual se actualiza y expide el Manual de Contratación de la UPME - 25 de Agosto de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847589410

Resolución número 000184 de 2020, por la cual se actualiza y expide el Manual de Contratación de la UPME

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad de Planeación Minero Energética
Número de Boletín51417

El Director General de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), en ejercicio de sus facultades legales y, especialmente, las conferidas por el artículo 9º del Decreto 1258 2013, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto 1258 de 2013, la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), de que trata la Ley 143 de 1994, es una Unidad Administrativa Especial de carácter técnico, adscrita al Ministerio de Minas y Energía, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía presupuestal, con régimen especial en materia de contratación.

Que el precitado decreto acogió la nueva estructura de la UPME, derivando reasignación de competencias y definición de unas nuevas, que impactan los procesos de contratación y la responsabilidad que de ellos dimana.

Que por virtud de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 489 de 1998, las unidades administrativas especiales con personería jurídica, son entidades descentralizadas, con autonomía administrativa y patrimonial, las cuales se sujetan al régimen jurídico contenido en la ley que las crea y, en lo no previsto por ella, al de los establecimientos públicos.

Que el inciso 2º del artículo 14 del Decreto 28 de 1995 atribuye a la UPME la competencia de expedir un reglamento interno de contratación, que tenga en cuenta los principios constitucionales y legales que rigen la función administrativa, y en el cual se establezca el procedimiento para la selección objetiva de las personas con quienes se celebren los contratos.

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, el régimen especial en materia de contratación atribuido a la UPME por la Ley 143 de 1994 y ratificado por el Decreto 1258 de 2013, le impone el deber de aplicar, en desarrollo de su actividad contractual, los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política y el régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto en las leyes que regulan la materia.

Que la obligación legal de mantener vigentes las políticas de mejora continua, exige la readecuación del Reglamento de Contratación de la UPME, a las normas que rigen la contratación entre particulares, lo que comporta el régimen especial atribuido a la entidad por la Ley 143 de 1994 y ratificado por el Decreto 1258 de 2013.

Que en concordancia con lo dispuesto en el mencionado artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, así como con los lineamientos del Consejo de Estado, la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación y el Control Interno de la UPME, se hace necesario actualizar su Reglamento Interno de Contratación, inspirado en los principios constitucionales y legales que enmarcan la gestión administrativa, la gestión fiscal y atendiendo la cadena presupuestal.

Que teniendo en cuenta lo anterior, en sesión número 32 del veinte (20) de agosto de 2020, se presentó el Manual de Contratación de la UPME actualizado ante el Comité de

Contratos, con el fin de socializar algunos ajustes al mismo, el cual una vez analizada la actualización recomendó adoptar el manual mediante resolución interna de la UPME.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Actualización y Expedición.

Expedir el Manual de Contratación de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME)1, cuyo texto se encuentra en el ANEXO y forma parte integral de la presente Resolución.

Artículo 2º Sistema de Gestión de Calidad.

Incluir el Manual de Contratación que hace parte integral de esta resolución en el Sistema de Gestión de Calidad, así como sus actualizaciones a los procedimientos y formatos allí establecidos, los cuales estarán a cargo del (a) Coordinador (a) del Grupo de Gestión Jurídica y Contractual de la Secretaría General.

Artículo 3º Periodo Transición.

Los procesos de contratación que se hayan iniciado, así como los contratos que se hayan celebrado en vigencia de la Resolución 372 del 16 de julio de 2018, continuarán rigiéndose por dicha disposición hasta su finalización.

Parágrafo 1º. Para los procesos de solicitud pública y simplificada de ofertas se entenderá que han iniciado con la publicación en el SECOP de los borradores de los términos de referencia, definitivos en los primeros y borradores en los segundos.

Parágrafo 2º. Para los procesos de oferta única se entenderá que han iniciado con el envío de los estudios previos al Grupo de Gestión Jurídica y Contractual de la Secretaría General.

Artículo 5º Derogatoria y Vigencia.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y, deroga expresamente las Resoluciones 176 de 2016, número 372 de 2020 y, demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 24 de agosto de 2020. El Director General,

Christian Rafael Jaramillo Herrera.

ANEXO

MANUAL DE CONTRATACIÓN

GENERALIDADES

La Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) es una unidad administrativa especial de carácter técnico, adscrita al Ministerio de Minas y Energía, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía presupuestal, con régimen especial en materia de contratación (artículos 14 de la Ley 143 de 19942 y del Decreto 1258 de 20133).

El artículo 2.2.1.2.5.3 del Decreto 1082 de 2015 establece que las Entidades Estatales deben contar con un manual de contratación, el cual debe cumplir con los lineamientos que para el efecto señale la Agencia de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente, en virtud de los cuales la UPME expide el presente documento.

Conforme con dichos lineamientos, el Manual de Contratación "es el documento que establece y da a conocer a los partícipes del sistema de compras y contratación pública los flujos de proceso y organigrama que cada Entidad Estatal desarrolla en sus Procesos de Contratación y Gestión Contractual", y en ese sentido precisa que

· Es un instrumento de Gestión Estratégica puesto que tiene como propósito principal servir de apoyo al cumplimiento del Objetivo Misional de cada Entidad Estatal.

· Establece la forma como opera la Gestión Contractual de las Entidades Estatales y,

· Da conocer a los partícipes del Sistema de Compra Pública la forma en que opera dicha Gestión Contractual, indicando los pasos generales4 que deben surtirse en todo el proceso contractual, según la modalidad correspondiente.

Teniendo en cuenta lo anterior, el presente Manual de Contratación se constituye en una herramienta de consulta y aplicación permanente por la comunidad institucional, para la adquisición de los bienes, obras y servicios que se requieren y con el fin de que la gestión contractual se realice en el marco de los principios consagrados en la constitución y la ley, como la igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, libertad de concurrencia en los procedimientos de selección, transparencia en la gestión contractual y selección objetiva en la escogencia de los contratistas.

Así mismo, este Manual tiene por objeto determinar las reglas generales para la planeación, suscripción, ejecución y liquidación de los contratos y convenios que suscriba la

1 El Manual de Contratación consta de 67 artículos en treinta y nueve (39) folios.

2 Por la cual se establece el régimen para la generación, interconexión, trasmisión, distribución y comercialización de electricidad en el territorio nacional, se conceden unas autorizaciones y se dictan otras disposiciones en materia energética.

3 Por el cual se modifica la estructura de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME).

4 Sin perjuicio de los procedimientos que detallan los pasos específicos asociados a cada modalidad.

Unidad de Planeación Minero Energética, para el cumplimiento de sus funciones misionales y para su adecuado funcionamiento, con austeridad de costos y tiempos, buscando la plena satisfacción de las necesidades y la salvaguarda del interés general y del erario público, en el marco de lo establecido en la normativa, el Código de Integridad y el Plan Estratégico de la UPME.

Finalmente, la UPME se encuentra comprometida con las compras públicas sostenibles, para lo cual, en la formulación y ejecución de su Plan Anual de Adquisiciones contempla las directrices señaladas en la Guía Conceptual y Metodología de Compras Públicas Sostenibles expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible5.

OBJETIVO DEL MANUAL

Regular la gestión contractual de la UPME, de manera que ésta se desarrolle con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, libertad de concurrencia en los procedimientos de selección, subsanabilidad, responsabilidad, prevalencia del interés general, buena fe, debido proceso, transparencia en la gestión contractual y selección objetiva en la escogencia de los contratistas.

FINALIDAD Y ALCANCE

El presente Manual regirá todas las actuaciones administrativas que adelante la UPME para planeación de la gestión contractual, la selección de contratistas, ejecución, liquidación de contratos y convenios e igualmente, será aplicable a todos los negocios jurídicos en los que la Entidad sea contratante, ya sea con personas de...

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