Resolución número 000344 de 2021, por la cual se termina la actuación administrativa iniciada para la selección de los candidatos para proveer cargos de Magistrado del Tribunal Superior Militar y Policial - 30 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 878923268

Resolución número 000344 de 2021, por la cual se termina la actuación administrativa iniciada para la selección de los candidatos para proveer cargos de Magistrado del Tribunal Superior Militar y Policial

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar
Número de Boletín51874

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, en desarrollo de los principios que rigen la función administrativa señalados en el artículo 209 de la Constitución Política, y en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en la Ley 1437 de 2011, la Ley 1765 de 2015 y el Decreto 312 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo previsto en la Directiva Presidencial número 10 del 20 de agosto de 20021, el nombramiento, selección y promoción de funcionarios, debe tener como motivación exclusiva el mérito, la competencia y la capacitación de quienes los van a desempeñar, razón por la cual el Consejo Asesor de la Justicia Penal Militar en sesión del 28 de mayo de 2014 determinó que los criterios de selección para funcionarios judiciales postulados por el Alto Mando para ocupar cargos en la segunda instancia, son:

· 50%. Examen de conocimientos. Aprobación del 75%, eliminatorio.

· 20%. Análisis de precedente judicial. Aprobación del 75%, eliminatorio a cargo de

TSM.

· 15%. Entrevista Institucional. A cargo del Comandante General FM, los Comandantes de Fuerza y el Director Policía Nacional, o a quienes ellos deleguen, con asistencia 1 magistrado TSJ y 1 funcionario DEJPM, en calidad de asesores.

· 5%. Permanencia en JPM: 8 años (4%), 8 a 10 años (4,5%) y más 10 años (5%).

· 5%. Antigüedad y grado militar. Coronel (5%), Teniente Coronel (4,5%), Mayor

(4%).

· 5%. Evaluación del rendimiento estadístico judicial.

Que el mencionado Órgano de Asesoría y Dirección del Sector Defensa, en reunión del 12 de mayo de 2017, recomendó iniciar las actuaciones administrativas tendientes a proveer tres (3) vacantes de Magistrado del Tribunal Superior Militar y Policial, conforme a los criterios de selección definidos en sesión del 28 de mayo de 2014, teniendo en cuenta que, para el mes de diciembre de ese año, cinco (5) de los ocho (8) magistrados titulares de la citada corporación terminarían su periodo legal.

Que la Directora Ejecutiva de la época, conforme a lo establecido en los artículos 11 y 12 del Decreto ley 091 de 20072, inició la actuación administrativa para la selección de candidatos para proveer cargos de Magistrado del Tribunal Superior Militar y Policial, mediante oficios número 0435/0436/0437/0438/0439/MDMDEJPM-GAP del 23 de marzo de 2018, solicitando al Comandante General de las FF. MM., Comandantes del Ejército Nacional, Armada Nacional, Fuerza Aérea Colombiana y al Director General de la Policía Nacional, postular funcionarios de la Jurisdicción Castrense que cumplieran con los requisitos establecidos en la Ley 940 de 2005 para ocupar el cargo de Magistrado del Tribunal Superior Militar y Policial.

Que la Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal Militar en el mes de mayo de 2018, adelantó proceso de contratación para realizar la evaluación de conocimientos jurídicos especializados a los funcionarios judiciales postulados por el Alto Mando Militar y Policial para ocupar cargos en el Tribunal Superior Militar y Policial, el cual dio lugar a la aceptación de Oferta número 000517 /MDN-DEJPMDGAL de 16 de julio de 2018, con la Universidad

EAFIT.

Que mediante oficios números 201804212603213333 del 11 de abril 2018, 201812460057901 y 2018105300085514 del 8 de abril y 5 de junio de 2018, respectivamente; S-2018-006378, S-2018- 01193 y S-2018-007748 del 7, 20 de abril y 11 de mayo de 20185; 01180041667026 del 9 de julio de 2018 y oficio número 2018313026517 del 10 de julio de 2018, se remitieron a la Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal Militar, en virtud de lo

1 Programa de Renovación de la Administración Pública Hacia un Estado Comunitario.

2 Por el cual se regula el sistema Especial de Carrera del Sector Defensa y se dictan unas disposiciones en materia de administración de personal.

3 Suscrito por el Comandante de la Armada Nacional.

4 Suscritos por el Comandante la Fuerza Aérea Colombiana.

5 Suscritos por el Director General de la Policía Nacional.

6 Suscrito por el Comandante General de las Fuerzas Militares.

7 Suscrito por el Comandante General del Ejército Nacional. contemplado en la Ley 940 de 2005, los listados de candidatos para proveer las vacantes de Magistrados del Tribunal Superior Militar y Policial.

Que en los citados oficios, se postularon diez (10) Coroneles y/o Capitanes de Navío, cinco (5) Tenientes Coroneles, diecinueve (19) Mayores y cuatro (4) miembros de la Fuerza Pública en retiro, para un total de treinta y ocho (38) candidatos.

Que mediante la Circular número 011 MDN-DEJPM-DIR del 10 de agosto de 20188, la Directora Ejecutiva de la época, informó a los funcionarios judiciales que, conforme a lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley 940 de 20059 y a los criterios de selección definidos por el Consejo Asesor de la Justicia Penal Militar, serian provistas tres (3) vacantes para ocupar el cargo de Magistrado del Tribunal Superior Militar y Policial, indicando el cronograma para la aplicación de la prueba de conocimiento y sus resultados.

Que mediante comunicación del 24 de septiembre de 2018, la Universidad EAFIT presentó informe definitivo de la prueba de conocimientos realizada a treinta y cuatro (34), de los treinta y ocho (38) postulados, dando como resultado final que cuatro (4) aspirantes superaron el nivel individual de aprobación del 75%, así: tres (3) de grado de Mayor y un (1) de Capitán de Navío.

Que mediante oficio número 1290/ MDN-DEJPM-GAP del 3 de octubre de 2018, se solicitó al Tribunal Superior Militar y Policial, como segundo criterio de selección, la realización del correspondiente análisis de precedente judicial de los cuatro (4) funcionarios que aprobaron la prueba de conocimiento.

Que mediante oficio número 305/TSMP-PTSMP del 23 de octubre de 2018, el Presidente del Tribunal Superior Militar y Policial advirtió de cuestionamientos al proceso de selección por haberse adelantado con fundamento en la Ley 940 de 2005 y no en lo...

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