Resolución número 003033 de 2019, por medio de la cual se declara la Urgencia Manifiesta para la atención de las situaciones de emergencia acaecidas entre el PR 2+0100 y el PR 2+0300 de la Variante El Pollo _ La Romelia de la Vía 29RSC, en el departamento de Risaralda - 18 de Junio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 794896829

Resolución número 003033 de 2019, por medio de la cual se declara la Urgencia Manifiesta para la atención de las situaciones de emergencia acaecidas entre el PR 2+0100 y el PR 2+0300 de la Variante El Pollo _ La Romelia de la Vía 29RSC, en el departamento de Risaralda

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín50988

El Director General del Instituto Nacional de Vías, (Invías), en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias y en especial las conferidas en el artículo 7º numeral 7.5 del Decreto 2618 de 2013, el artículo 42 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 2º de la Ley 1150 de 2007 y

CONSIDERANDO:

I. COMPETENCIA

La Constitución Política señala en su artículo 1º que Colombia es un Estado Social de Derecho, fundado en el respeto de la dignidad humana, el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en prevalencia del interés general.

El artículo 2º de la Carta Política establece como fines esenciales del Estado, servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, con el objetivo de asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo, por lo cual las autoridades se encuentran creadas para proteger a las personas en su vida, honra bienes y demás derechos y libertades.

En el marco del artículo 3º de la Ley 80 de 1993, los servidores públicos deben tener en consideración para la celebración y ejecución de los contratos estatales, el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines.

La función administrativa se encuentra al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones, como lo señala la Constitución Nacional en su artículo

209.

En el marco de la función administrativa y en cumplimiento de los fines del Estado, mediante el Decreto 2618 de 2013, se estableció como objeto del Instituto Nacional de Vías (Invías), la ejecución de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de la infraestructura no concesionada de la Red Vial Nacional de carreteras primaria y terciaria, férrea, fluvial y de la infraestructura marítima, de acuerdo con los lineamientos dados por el Ministerio de Transporte.

Según el artículo 2º del referido Decreto es función del Instituto Nacional de Vías (Invías), la ejecución de los planes, programas y proyectos relacionados con el desarrollo de la infraestructura a su cargo, para lo cual podrá celebrar todo tipo de negocios, contratos y convenios que se requieran para el cumplimiento de su objetivo.

De acuerdo con el artículo 7º ibídem, el Director General del Instituto Nacional de Vías (Invías) es competente para declarar de conformidad con las normas vigentes, las emergencias que se presenten en la infraestructura de transporte a cargo de la entidad, y para dirigir y ejercer la actividad contractual y la de ordenación del gasto de la entidad y la expedición de los actos administrativos que se requieran en desarrollo de la actividad técnica y administrativa del Instituto.

El Manual de Contratación del Instituto Nacional de Vías (Invías), establece que la urgencia manifiesta debe ser declarada por el Director General previo informe presentado por el Director Territorial correspondiente y el concepto de la Subdirección de Atención y Prevención de Emergencias.

II. SITUACIÓN FÁCTICA ENTRE EL PR 2+0100 Y EL PR 2+0300 DE LA VARIANTE EL POLLO - LA ROMELIA DE LA VÍA 29RSC,

EN EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA

El día 11 de junio de 2019 entre el PR 2+0100 y el PR 2+0300 de la Variante El Pollo - La Romelia de la Vía 29RSC se presentó un proceso de remoción en masa, consistente en un deslizamiento rotacional retrogresivo con un volumen aproximado de 20.000 m3, los cuales quedaron depositados sobre la calzada y parte del talud inferior de la vía, afectando de manera total la transitabilidad de la misma.

De acuerdo con el reporte parcial dado por los organismos de socorro, el evento dejó un saldo de cuatro (4) víctimas fatales, la evacuación preventiva de más de cien (100) familias y se continúa con las labores de búsqueda.

Presentada la emergencia, la Dirección Territorial Risaralda en coordinación con la Subdirección de Prevención y Atención de Emergencias, activó el protocolo de atención de emergencias establecido por el Instituto Nacional de Vías (Invías).

En este sentido, se dio curso a la primera medida para habilitar la vía, a través del uso del contrato de monto agotable existente. Por lo cual se inició la remoción parcial del derrumbe y el transporte de material en un volumen aproximado de 3.000 m3, lo cual representa solo el 15% del material depositado sobre la calzada.

Mediante Decreto número 0429 de 2019, la Alcaldía de Pereira declaró la calamidad pública en el municipio, por la ocurrencia de múltiples eventos entre los que se encuentran inundaciones y procesos de remoción en masa presentados en la entidad territorial, incluido el relatado en el párrafo anterior.

El día 12 de junio de 2019 se suspendieron las actividades de remoción y transporte de material del lugar de la emergencia, debido a que se evidenciaron grietas activas en el talud superior que generaban un alto riesgo para las personas que se encontraban realizando las actividades de remoción del derrumbe, de conformidad con lo indicado por el Consejo Municipal de Gestión de Riesgo del municipio de Pereira.

El día 13 de junio de 2019 en sesión extraordinaria del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo del municipio de Pereira, con la participación del Instituto Nacional de Vías (Invías), se estableció que el plan de acción a seguir debía contemplar como primera intervención, la construcción de un "Jarillón" en la pata del talud fallado.

Así mismo, los geólogos y geofísicos especializados en suelos, asesores de la Alcaldía de Pereira, solicitaron no despejar la vía, ya que el material depositado en la misma servía como base de contención de los otros escarpes escalonados que componen el deslizamiento y que han presentado una dinámica de falla activa, lo cual podría generar un evento de mayores magnitudes.

La construcción del "Jarillón" en la pata del talud fallado, permitirá contener el material residual del deslizamiento y garantizar la ejecución de los trabajos consistentes en la remoción y transporte de material depositado sobre la calzada y así poder reestablecer la movilidad vehicular bajo condiciones de seguridad para los usuarios.

Mediante memorando número DT-RIS 34780 del 14 de junio de 2019, la Dirección Territorial Risaralda, informó a la Subdirección de Prevención y Atención de Emergencias del Instituto Nacional de Vías (Invías), lo siguiente:

"El día martes 11 de junio de 2019 cerca de las 6:00 a. m. en el PR 2+0250 de la Variante El Pollo - La Romelia, en el Departamento de Risaralda se presentó una emergencia que ocasionó el cierre total de la calzada que a la fecha ha afectado la prestación del servicio de transporte en este importante corredor vial que comunica al Departamento del Valle con el Departamento de Antioquia y es una variante a la Troncal de Occidente, por lo cual amablemente solicito declarar la Urgencia Manifiesta (...) Que debido a la emergencia presentada y la necesidad de reestablecer el tráfico vehicular se requiere de la ejecución de obras en el inmediato futuro y no es posible acudir a los procedimientos de selección o concursos públicos.

Lo anterior es soportado con el Decreto de Calamidad Pública número 0429 de 2019, registro fotográfico, archivo Carder y noticias de los diferentes medios de comunicación de orden Nacional y Regional como archivos adjuntos".

Mediante Memorando SPA 35155 de 14 de junio de 2019, la Subdirección de Prevención y Atención de Emergencias del Instituto Nacional de Vías (Invías), emitió concepto técnico en relación con la emergencia presentada en la vía, en el cual señaló:

"(■■■)

· Estado actual de la zona afectada por el evento

De acuerdo con la documentación enviada por la Dirección Territorial de Risaralda y con base en la visita técnica realizada por esta Subdirección, se puede determinar que la

inestabilidad en el talud superior es de grandes proporciones, se afirma que no solamente se reduce al despeje de la calzada en un sitio puntual sino en una longitud aproximada de 200 metros, sumado a la masa que la calzada está recibiendo de la parte alta de la montaña y que igualmente requiere ser removida para recuperar el ancho de calzada.

Sobre el anormal régimen de lluvias el CARDER de Risaralda manifestó: La precipitación acumulada en los últimos 40 días en el área del aeropuerto, fue de 625 mm, considerada inusual por el IDEAM. El promedio para esta zona ha sido de 425 mm en el mismo lapso de tiempo, en tal sentido la dinámica del régimen de lluvias presenta una distorsión de más del 47% lo cual se constituye en una variable de riesgo que promueve la activación de nuevos movimientos en masa por su efecto directo en la modificación de la humedad y presión de poros afectando la resistencia del suelo.

La atípica y crítica situación generada por el fuerte período invernal en la zona, asociado al hecho que el municipio de Pereira se encuentra ubicado sobre el abanico aluvial de Pereira - Armenia, en donde los suelos presentan una conformación de materiales poco consolidados más la gran cantidad de agua infiltrada producto de la alta pluviosidad presentada el día de la emergencia, acumulada por la carga hídrica de días anteriores, hizo que el terreno se sobresaturó, debido a la alta porosidad y permeabilidad primaria del suelo, generando un movimiento en masa.

La dinámica de estos procesos de deslizamiento complejo es cambiante e involucra un gran número de factores, por lo cual si no se realizan las acciones de manera inmediata, el dinamismo de estas...

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