Resolución número 00373 de 2015, por la cual se establecen las tarifas para el Aeropuerto Gustavo Rojas Pinilla de San Andrés y El Embrujo de Providencia, por Derechos de Aeródromo, Recargos, Estacionamiento y Tasas Aeroportuariaspara el año 2015 - 18 de Febrero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 557984490

Resolución número 00373 de 2015, por la cual se establecen las tarifas para el Aeropuerto Gustavo Rojas Pinilla de San Andrés y El Embrujo de Providencia, por Derechos de Aeródromo, Recargos, Estacionamiento y Tasas Aeroportuariaspara el año 2015

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín49429

El Director General, en ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confieren el artículo 1819 del Código de Comercio y los artículos 5º numeral 17 y 9º numeral 8 del Decreto número 260 del 28 de enero de 2004,

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 5º de Decreto número 260 del 28 de enero de 2004, establece como una de las funciones de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil: "fijar, recaudar y cobrar las tasas, tarifas y derechos por la prestación de los servicios aeronáuticos y aeroportuarios, o los que se generen por las concesiones, autorizaciones, licencias o cualquier otro tipo de ingreso o bien patrimonial".

  2. Que mediante Resolución número 05455 de 18 de diciembre de 2006, la Aeroci-vil, adjudicó mediante Contrato de Concesión número 7000002 OK de 10 de enero de 2007 la Administración, Operación, Explotación Comercial, Inversión, Modernización y Mantenimiento de los Aeropuertos de San Andrés y Providencia a la Sociedad Concesión Aeropuertos de San Andrés y Providencia S. A. Casyp S. A.

  3. Que como parte de los Ingresos cedidos al Concesionario previstos en el contrato de concesión, Aerocivil expidió la Resolución número 2820 del 5 de julio de 2006 donde se definen las tarifas, la metodología de actualización y los mecanismos de recaudo de las tasas y los derechos aplicables en el Aeropuerto Gustavo Rojas Pinilla de San Andrés y en el Embrujo Providencia, así como el dictamen de otras disposiciones.

  4. Que mediante Decretos números 4164 y 4165 de 3 de noviembre de 2011 se reasignaron parcialmente las funciones relacionadas con la estructuración, celebración y gestión contractual de proyectos de concesión asociados a las áreas de los aeródromos de la Aerocivil al INCO, (hoy ANI - Agencia Nacional de Infraestructura).

  5. Que en cumplimiento de los citados Decretos números 4164 y 4165 de 2011, Aerocivil y la Agencia Nacional de Infraestructura mediante Resolución número 7138 de 20 de diciembre de 2013 iniciaron el proceso de subrogación del contrato de concesión a la ANI el cual finalizó con el acta bilateral de entrega y recibo por las partes el día 26 de diciembre de 2013.

  6. Que mediante Resolución número 1216 de 10 septiembre de 2014, la Agencia Nacional de Infraestructura ejerciendo la función de gestor contractual, resuelve el recurso de reposición interpuesto por Casyp S. A. y confirmó la Resolución número 833 de 20 de junio de 2014 en la que se declaró la terminación anticipada del Contrato de Concesión número 7000002-OK-001-CON-97 de 10 de enero de 2007 con la firma Casyp.

  7. Que con Oficios números 1070.092.6.2015000987 de 9 enero de 2015 y 1070.092.6.2015001907 de enero 20 de 2015, la entidad informó a la Agencia Nacional...

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