Resolución número 00410 de 2018, por la cual se fijan las tarifas para los rubros financiables para el Programa de Formación Continua Especializada y se derogan las Resoluciones números 00237y 00311 de 2017
Emisor | Establecimientos Públicos - Servicio Nacional de Aprendizaje |
Número de Boletín | 50536 |
El Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), en uso de las facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 4º del Decreto número 249 de 2004 y en desarrollo de lo establecido en el artículo 12 del Acuerdo número 00005 de 2014, expedido por el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), y
CONSIDERANDO:
El Decreto número 249 de 2004 le atribuye en su artículo 4º al Despacho de la Dirección General las siguientes funciones: "1. Dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las funciones o programas de la entidad y de su personal...// 4. Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas, dictar los actos administrativos, con miras al cumplimiento de la misión de la entidad de conformidad con las normas legales vigentes";
Que el artículo 16 de la Ley 344 de 1996, modificado por el artículo 32 de la Ley 1607 de 2012, dispone que: "De los recursos totales correspondientes a los aportes de nómina de que trata el artículo 30 de la Ley 119 de 1994, el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), destinará un 20% de dichos ingresos para el desarrollo de programas de competitividady desarrollo tecnológico productivo. El Sena ejecutará directamente estos programas a través de sus centros de formación profesional o podrá realizar convenios
en aquellos casos en que se requiera la participación de otras entidades o centros de desarrollo tecnológico";
Que mediante el Acuerdo número 00005 de 2014 expedido por el Consejo Directivo del Sena, aprobó las directrices del Programa de Formación Continua Especializada y los criterios generales para orientar los recursos de que trata el artículo 16 de la Ley 344 de 1996 y estableció anualmente las tarifas para cada uno de los rubros financiables de que trata el artículo 21 del Acuerdo número 00005 de 2014, teniendo en cuenta los precios del mercado;
Que el parágrafo 3º del artículo 21 del Acuerdo número 00005 de 2014 expedido por el Consejo Directivo del Sena, señala: "en el presupuesto presentado para cada uno de los proyectos solo deberán incluir los rubros establecidos en el presente acuerdo, teniendo en cuenta las fuentes de financiación y los topes máximos permitidos en la respectiva resolución de Tarifas expedida por el Director General del Sena";
Que para todos los rubros financiables del programa de Formación Continua Especializada se dará aplicación a lo establecido en el artículo 12 del Acuerdo número 00005 de 2014, expedido por el Consejo Directivo del Sena;
Que conforme a lo anterior es necesario establecer las tarifas y lineamientos para la utilización de los diferentes rubros, asegurando así la optimización de los recursos disponibles sin afectar la calidad de la formación;
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
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