Resolución número 005 de 2017, por la cual se adopta el Manual de Contratación de la ADRES - Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud
Emisor | Entidades Financieras De Naturaleza Unica - Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud |
Número de Boletín | 50221 |
La Viceministra de Protección Social del Ministerio de Salud y Protección Social, encargada de Directora General de la ADRES, en ejercicio de las facultades legales previstas en la Ley 80 de 1993 modificada por la Ley 1150 de 2017, la Ley 1474 de 2011, el Decreto-ley 019 de 2012, el Decreto 1082 de 2015, el Decreto 1429 de 2016, la Resolución
0001 de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política estableció que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que el artículo 269 de la Constitución Política establece que, en las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno (.).
Que a Ley 1753 de 2015 "por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 20142018 "Todos por un nuevo país", en su artículo 66 creó la Entidad Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), como una entidad de naturaleza especial del nivel descentralizado de la rama ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, patrimonio independiente, asimilada a una Empresa Industrial y Comercial del Estado en los términos allí señalados, adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social.
Que el Decreto 1429 de 2016 "por el cual se modifica la estructura de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) y se dictan otras disposiciones" , en su artículo 9º determinó las funciones de la Dirección General de la entidad, dentro de las cuales, entre otras el numeral 12 señala: "(...) 12. Expedir los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones de la Entidad y decidir sobre los recursos legales que se interpongan contra los mismos. (.)".
Que la Resolución 0001 de 2017 expedida por la Directora General (e) de ADRES
- Administradora de los Recursos del Sistema General de la Seguridad Social en Salud, mediante la cual se adoptó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales y Requisitos de los Empleos de Director General y Director Administrativo y Financiero de la Planta de Personal de la Entidad, determinó dentro de las funciones esenciales para el cargo de Director General, la misma establecida en el numeral 12 del Decreto 1429 de 2016.
Que el artículo 2.2.1.2.5.3 del Decreto 1082 de 2015 establece que las entidades estatales deben contar con un Manual de Contratación, el cual debe cumplir con los lineamientos que el efecto señale Colombia Compra Eficiente.
Que Colombia Compra Eficiente emitió mediante Circular Externa número 09 del 17 de enero de 2014 los lineamientos generales para la expedición de Manuales de Contratación, y señaló que las entidades estatales deben adoptar un Manual de Contratación que cuente con los lineamientos establecidos.
Que de conformidad con el documento LGEMC-01 - Lineamientos Generales para la Expedición de Manuales de Contratación dados por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, el "Manual de Contratación es un documento que (i) establece la forma como opera la Gestión Contractual de las Entidades Estatales y (ii) da a conocer a los partícipes del sistema de compras y contratación pública la forma en que opera dicha Gestión Contractual. El Manual de Contratación es también un instrumento de Gestión Estratégica puesto que tiene como propósito principal servir de apoyo al cumplimiento del objetivo misional de cada entidad estatal". Igualmente señaló que los "Manuales de Contratación deben estar orientados a que en los Procesos de Contratación se garanticen los objetivos del sistema de compra y contratación pública incluyendo, eficacia, eficiencia, economía, promoción de la competencia, rendición de cuentas, manejo del riesgo y publicidad y transparencia".
En mérito de lo expuesto, este despacho
RESUELVE:
General de la ADRES.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D.C., a 8 de febrero de 2017.
La Viceministra de Protección Social, Encargada de la Dirección General de la ADRES
- Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud,
Carmen Eugenia Dávila Guerrero.
MANUAL DE CONTRATACIÓN
Bogotá D.C., febrero de 2017
TABLA DE CONTENIDO
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
1.1 OBJETIVO
1.2 ALCANCE
1.3 TÉRMINOS Y DEFINICIONES
1.4 REFERENCIAS NORMATIVAS
1.5 PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
1.6 PRESENTACIÓN DE LA ENTIDAD
1.6.1 NATURALEZA JURÍDICA DE LA ENTIDAD Y SU UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA DEL ESTADO
1.6.2 COMPETENCIA Y DELEGACIÓN DE LAACTIVIDAD CONTRACTUAL 15
1.6.3 DELEGACIÓN Y DESCONCENTRACIÓN DE LA ACTIVIDAD CONTRACTUAL DE LA ADRES
1.6.4 DEL COMITÉ ASESOR DE CONTRATACIÓN
TRACTUAL
2.1.1 DEL PRINCIPIO DE PLANEACIÓN
2.1.2 ELABORAR Y ACTUALIZAR EL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES
2.1.3 MODALIDADES DE SELECCIÓN DE CONTRATISTAS
2.1.3.1 Aspectos comunes a todos los procesos de selección
2.1.3.1.1 Aviso de convocatoria
2.1.3.1.2 Convocatoria limitada a Mipyme
2.1.3.1.3 Pliego de condiciones
2.1.3.2 Modalidades de Selección
2.1.3.2.1 Licitación Pública
2.1.3.2.2 Selección Abreviada
2.1.3.2.3 Concurso de méritos
2.1.3.2.4 Contratación directa
2.1.3.2.5 Mínima cuantía
2.1.3.2.6 Otras formas de contratación: convenios, acuerdos de cooperación, memorandos de entendimiento, entre otras
2.1.4 COMUNICACIÓN CON LOS OFERENTES
2.1.5 DE LAS BUENAS PRÁCTICAS EN LA ETAPA PRECONTRACTUAL -PLANEACIÓN DE LA ETAPA CONTRACTUAL
2.2.1 DEL PRINCIPIO DE PLANEACIÓN Y RESPONSABILIDAD
2.2.2 DESIGNACIÓN DE SUPERVISIÓN Y RESPONSABILIDADES IMPLICADAS EN SU EJERCICIO
2.2.3 DEBERES DE LOS SUPERVISORES DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL DE LA ETAPA POSCONTRACTUAL
2.3.1 DE LA FASE POSCONTRACTUAL EN LOS CONTRATOS DE EJECUCIÓN INSTANTÁNEA
2.3.2 DE LA FASE POSCONTRACTUAL EN LOS CONTRATOS DE EJECUCIÓN SUCESIVA
2.3.2.1 DE LA LIQUIDACIÓN BILATERAL
2.3.2.2 DE LA LIQUIDACIÓN UNILATERAL
2.3.3 DEBERES DE LOS SUPERVISORES DEL CONTRATO UNA VEZ FINALIZADO EL PLAZO DE EJECUCIÓN
2.3.4 DEBERES ESPECIALES DE LOS SUPERVISORES REFERENTES A LA
LIQUIDACIÓN
2.3.5 BUENAS PRÁCTICAS EN LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
CAPÍTULO III
DISPOSICIONES SOBRE EL MANEJO DE LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE CONTRACTUAL
CAPÍTULO IV
4.1 APLICACIÓN DE LAS REGLAS DEL MODELO ESTÁNDAR DE CONTROL INTERNO
4.2 BUENAS PRÁCTICAS EN LA UTILIZACIÓN DE HERRAMIENTAS ELECTRÓNICAS PARA LA GESTIÓN CONTRACTUAL
4.3 MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA CIUDADANÍA A TRAVÉS DE VEEDURÍAS ORGANIZADAS E INTERESADOS EN LOS PROCESOS
DE CONTRATACIÓN
CAPÍTULO V
CONTRATACIÓN CON ORGANISMOS INTERNACIONALES
CAPÍTULO VI
6.1 ASPECTOS NO PREVISTOS EN EL PRESENTE MANUAL
6.2 DOCUMENTOS TÉCNICOS
6.3 VIGENCIA DEL MANUAL Y MECANISMOS DE REFORMA
ANEXO
DOCUMENTOS PRINCIPALES GENERADOS Y/O NECESARIOS DENTRO DE
LAS ETAPAS DE LAS DIFERENTES MODALIDADES DE CONTRATACIÓN
INTRODUCCIÓN
La Contratación Pública en Colombia es el principal instrumento jurídico de la Administración para cumplir sus finalidades, hacer efectivos los deberes públicos y prestar los servicios a su cargo, mediante la colaboración de los particulares.
Para la ADRES - Administradora de los Recursos del Sistema...
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