Resolución número 005853 de 2016, por la cual se autoriza el uso de Algodón 3006-210-23 (DAS-21023-5), como alimento o materia prima para la elaboración de alimentos para consumo humano - 30 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 656605273

Resolución número 005853 de 2016, por la cual se autoriza el uso de Algodón 3006-210-23 (DAS-21023-5), como alimento o materia prima para la elaboración de alimentos para consumo humano

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50102

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades reglamentarias, en especial, las conferidas por el artículo 2.13.7.3.5 del Decreto 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica, se adoptó el 5 de junio de 1992 y fue aprobado por Colombia mediante la Ley 165 de 1994, la cual fue declarada exequible por la honorable Corte Constitucional mediante Sentencia C-519 de 1994.

Que el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, fue adoptado el 29 de enero de 2000 y aprobado en Colombia mediante Ley 740 de 2002, la cual fue declarada exequible por la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-071 de 2003.

Que el Decreto 4525 de 2005, mediante el que se estableció el marco regulatorio de los Organismos Vivos Modificados (OVM), fue recogido en el Decreto 1071 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, este último, modificado entre otros, por los Decretos 1298, 1449, 1565, 1648, 1780, 1934, 2020, 2179, 2537 de 2015; 13, 440 y 947 de 2016 y en cuyo Capítulo 3, del Título 7 de la Parte 13 del Libro 2, se compiló el citado marco regulatorio.

Que mediante Resolución 227 de 2007, expedida por el entonces Ministerio de la Protección Social, se conformó el Comité Técnico Nacional de Bioseguridad para Organismos Vivos Modificados (OVM) con uso en salud o alimentación humana exclusivamente, en adelante CTNSalud, integrado por el Ministro de la Protección Social, hoy Ministro de Salud y Protección Social o su delegado, el Director del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) o su delegado y el Director de Colciencias o su delegado.

Que una de las funciones del CTNSalud, es recomendar a este Despacho, la expedición del acto administrativo de autorización para el desarrollo de actividades con Organismos Vivos Modificados (OVM).

Que el doctor José Cooz Sánchez, manifestando actuar como representante legal de la sociedad DOW Agrosciences de Colombia S.A. domiciliada en la ciudad de Bogotá, D. C., e identificada con NIT 800.087.795-2, en comunicación dirigida al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima). bajo radicado número 12103782 del 26 de diciembre de 2012, solicitó autorización de uso del evento de Algodón 3006-210-23 (DAS-21023-5), resistente a insectos B.t. Cry1Ac, como alimento o materia prima para la elaboración de alimentos para consumo humano (Fls. 19, 37).

Que el análisis de la documentación que soporta la evaluación de riesgos y de inocuidad, presentada por la citada sociedad para la autorización del evento de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR