Resolución número 005884 de 2016, por la cual se modifican los artículos 38, 93 y 94 de la Resolución 3951 de 2016 - 30 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 654689365

Resolución número 005884 de 2016, por la cual se modifican los artículos 38, 93 y 94 de la Resolución 3951 de 2016

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50073

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas por el numeral 3 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993, el parágrafo 4º del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007 y los numerales 30 del artículo 2º y 20 del artículo 6º del Decreto-ley 4107 de 2011 y el literal i) del artículo 5º de la Ley 1751 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 3951 de 2016, se determinó el procedimiento de acceso, reporte de prescripción, suministro, verificación, control, pago y análisis de la información de servicios y tecnologías en salud no cubiertas por el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC.

Que la citada resolución dispuso en el artículo 4º las responsabilidades de los actores, entre las que se previó que le corresponde a este Ministerio facilitar la disponibilidad, accesibilidad y actualización del aplicativo de reporte de que trata dicho acto administrativo, en el marco de lo cual se dispuso el aplicativo web Reporte de Prescripción de Servicios y Tecnologías en Salud No cubiertos por el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC - Mipres No PBS.

Que igualmente se previó la implementación por parte de los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud del procedimiento de acceso, reporte de prescripción, suministro, verificación, control, pago y análisis de la información de servicios y tecnologías en salud no cubiertas por el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, vía el aplicativo Mipres, en procura de eliminar las barreras de acceso a los usuarios.

Que en virtud de la socialización tanto de la Resolución 3951 de 2016 como de la herramienta Mipres, los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Sgsss) manifestaron la necesidad de realizar una implementación gradual de dicha herramienta, dado que sus capacidades tecnológicas y administrativas requieren adecuaciones que superan la fecha de entrada vigencia del citado acto administrativo, es decir, 1º de diciembre de 2016.

Que de otra parte, los profesionales de la...

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