Resolución número 006264 de 2918, por medio de la cual se autoriza a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), a realizar la desafectación de la infraestructura vial del Contrato de Concesión número 444 de 1994 y su simultánea afectación al Contrato de Concesión número 005 de 2015, para el desarrollo del proyecto de concesión denominado IP Chirajara - Fundadores - 5 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 829422469

Resolución número 006264 de 2918, por medio de la cual se autoriza a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), a realizar la desafectación de la infraestructura vial del Contrato de Concesión número 444 de 1994 y su simultánea afectación al Contrato de Concesión número 005 de 2015, para el desarrollo del proyecto de concesión denominado IP Chirajara - Fundadores

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín51158

El Director General del Instituto Nacional de Vías (Invías), en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y en especial las conferidas en el artículo 2º numeral 2.17 y en el artículo 7º numeral 7.7 del Decreto número 618 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Nacional de Vías (Invías) tiene por objeto la ejecución de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de la infraestructura no concesionada de la Red Vial Nacional de carreteras primaria y terciaria, férrea, fluvial y marítima, de acuerdo con los lineamientos dados por el Ministerio de Transporte;

Que el numeral 2.17 del artículo 2º del Decreto 2618 de 2013, señala como función a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías) "Coordinar con la Agencia Nacional de Infraestructura la entrega, mediante acto administrativo, de la infraestructura de transporte, en desarrollo de los contratos de concesión";

Que el Invías suscribió con la Sociedad Concesionaria Vial de los Andes S. A., el Contrato de Concesión número 444 del 2 de agosto de 1994, con el siguiente objeto: "El Concesionario se obliga a ejecutar por el sistema de concesión, según lo establecido en el artículo 32, numeral 4 de la Ley 80 de 1993, realizar por el sistema de concesión los estudios, diseños definitivos, las obras de rehabilitación, de construcción, la operación y el mantenimiento del sector Santafé de Bogotá-Cáqueza-K55+000 y el mantenimiento y operación del sector Km 55+000-Villavicencio". Las actividades incluidas para cumplir el objeto del contrato son: Estudios y diseños finales, financiación, construcción, suministro, instalación, montaje y prueba de los equipos, puesta en funcionamiento y operación del proyecto, las cuales deben hacerse en un todo de acuerdo con las condiciones, términos, alcances y obligaciones establecidas en este documento y en el Pliego de Condiciones de la Licitación Pública número 066-93", sectores que dentro de la nomenclatura vial del Invías corresponden a la carretera Bogotá-Villavicencio, Ruta 4006;

Que mediante el Decreto-Ley 1800 del 26 de junio de 2003, el Presidente de la República en ejercicio de las facultades extraordinarias a él conferidas por la Ley 790 de 2002, creó el Instituto Nacional de Concesiones (INCO), como un establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de Transporte, con personería jurídica, patrimonio independiente y autonomía administrativa y financiera, con el objeto de "planear, estructurar, contratar, ejecutar y administrar los negocios de infraestructura de transporte que se desarrollen con participación del capital privado y en especial las concesiones, en los modos carretero, fluvial, marítimo, férreo y portuario";

Que el mencionado decreto-ley estableció, entre otros, que el Invías debía subrogar y ceder al Instituto Nacional de Concesiones (INCO) a título gratuito, los convenios y contratos vigentes relacionados con el cumplimiento de la misión institucional de este último, motivo por el cual, el contrato No. 444 de 1994 fue cedido y subrogado al INCO (Hoy Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) mediante la Resolución número 003187 del 1º de septiembre de 2003;

Que mediante el Decreto número 4165 del 3 de noviembre de 2011, se modificó la naturaleza jurídica y la denominación del Instituto Nacional de Concesiones (INCO) por la de Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), Agencia Nacional Estatal de naturaleza especial, del sector descentralizado de la rama ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrita al Ministerio de Transporte, que tiene por objeto según lo previsto en el artículo 3º "(...) planear, coordinar, estructurar, contratar, ejecutar,...

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