Resolución número 0064 de 2018, por la cual se reglamenta la Ley 1796 de 2016, en lo relacionado al porcentaje las expensas derivadas de la función de los curadores urbanos que se destinará a la sostenibilidad de la vigilancia que ejercerá la Superintendencia de Notariado y Registro - 26 de Enero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 701845261

Resolución número 0064 de 2018, por la cual se reglamenta la Ley 1796 de 2016, en lo relacionado al porcentaje las expensas derivadas de la función de los curadores urbanos que se destinará a la sostenibilidad de la vigilancia que ejercerá la Superintendencia de Notariado y Registro

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín50488

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el Decreto-ley 3571 de 2011, y en el Decreto número 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1796 de 2016 creó la Superintendencia Delegada para Curadores Urbanos y le asignó a esta las funciones de vigilancia y control de la función pública que ejercen los curadores urbanos;

Que los recursos para el funcionamiento y costos adicionales de la Superintendencia Delegada para Curadores Urbanos serán cubiertos con el recaudo de la tarifa de vigilancia y los que se encuentren disponibles en la Superintendencia de Notariado y Registro;

Que el numeral 3 del artículo 101 de la Ley 388 de 1997 dispone que "El Gobierno nacional reglamentará todo lo relacionado con las expensas a cargo de los particulares que realicen trámites ante las curadurías urbanas";

Que el artículo 30 de la Ley 1796 de 2016 ordenó al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio reglamentar el porcentaje de las expensas derivadas de la labor de los curadores urbanos que se destinarán a garantizar la sostenibilidad de tales funciones;

Que el mencionado artículo 30 establece los parámetros para definir el sistema y método a partir del cual se deriva la tarifa a reglamentar, por cuanto señala que la misma será para garantizar la sostenibilidad de la vigilancia que ejercerá la Superintendencia de Notariado y Registro por medio de la Superintendencia Delegada para Curadores Urbanos;

Que, en este orden de ideas, lo contenido en el artículo 30 de la Ley 1796 de 2016 es suficiente para derivar los criterios para adoptar la tarifa, esto en concordancia con la doctrina emitida al respecto por la Corte Constitucional en, entre otras, la Sentencia C-621 de 2013;

Que en orden a establecer los recursos para garantizar la sostenibilidad del funcionamiento de la Superintendencia Delegada para Curadores Urbanos y el correspondiente monto a ser sufragado con cargo a la tarifa de vigilancia, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio realizó la estimación que da sustento a la tarifa propuesta en la presente resolución, con fundamento en el mandato legal y la información y mesas de trabajo llevadas a cabo para tal fin con la Superintendencia de Notariado y Registro y el Colegio Nacional de Curadores;

Que luego del procesamiento, análisis y validación de la información, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y...

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