Resolución número 01105 de 2020, por medio de la cual se prorroga la medida transitoria que establece una tarifa excepcional para los servicios de estacionamientos de aeronaves de empresas colombianas de transporte público regular de pasajeros, con el fin de atender las medidas del Gobierno nacional por causa del Coronavirus COVID - 1 de Junio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844905868

Resolución número 01105 de 2020, por medio de la cual se prorroga la medida transitoria que establece una tarifa excepcional para los servicios de estacionamientos de aeronaves de empresas colombianas de transporte público regular de pasajeros, con el fin de atender las medidas del Gobierno nacional por causa del Coronavirus COVID

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín51332

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 5º y lo dispuesto en el numeral 8, del artículo 9º, del Decreto número 260 de 2004, modificado por el artículo 2º del Decreto número 823 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1º, del Decreto número 260 de 2004, por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) y se dictan otras disposiciones, en cuanto a su Naturaleza Jurídica, determina que "(...) es una entidad especializada de carácter técnico adscrita al Ministerio de Transporte, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente".

Que, los numerales 18, 19 y 20 del artículo 5º, ibídem, dispone entre las funciones generales de la Aerocivil, que "(...) 18. Fijar y desarrollar la política tarifaria en materia de transporte aéreo nacional e internacional y sancionar su violación. 19. Establecer las tarifas y derechos en materia de transporte aéreo. 20. Recaudar y cobrar las tasas, tarifas y derechos por la prestación de los servicios aeronáuticos y los que se generen por las concesiones, autorizaciones, licencias o cualquier otro tipo de ingreso o bien patrimonial".

Que, por medio de la Resolución número 0385 del 13 de marzo de 2020 el Ministerio de Salud y Protección Social declaró la Emergencia Sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 30 de mayo de 2020, razón por la cual, en coordinación con las diferentes Entidades del Estado ha adoptado las medidas necesarias para mitigar el impacto que genera la situación mundial con respecto a la epidemia del COVID-19 en los diferentes escenarios y la economía nacional.

Que, la Resolución número 844 de 26 de mayo de 2020 el Ministerio de Salud y Protección social, estableció en su artículo primero: "Prorróguese la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 31 de agosto de 2020. Dicha prórroga podrá finalizar antes de la fecha aquí señalada...

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