Resolución número 014448 de 2022, por medio de la cual se incorpora el Permiso por Protección Temporal (PPT) como documento de identificación en el trámite de convalidación de títulos de Educación Superior regulado por la Resolución 10687 de 2019 - 25 de Julio de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 908351422

Resolución número 014448 de 2022, por medio de la cual se incorpora el Permiso por Protección Temporal (PPT) como documento de identificación en el trámite de convalidación de títulos de Educación Superior regulado por la Resolución 10687 de 2019

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín52106

La Ministra de Educación Nacional, en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el literal (i) del artículo 38 de la Ley 30 de 1992, artículo 59 de la Ley 489 de 1998, numeral 2.17 del artículo 2º del Decreto 5012 de 2009, artículos 10 de la Ley 1324 de 2009, 62 de la Ley 1753 de 2015, 191 de la Ley 1955 de 2019 y el Decreto 216 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30 de 1992, "por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior" , corresponde al Gobierno nacional desarrollar procesos de evaluación que apoyen y fomenten la educación superior, y velar por la calidad y el adecuado cubrimiento de este servicio.

Que con fundamento en el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, "por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones" , corresponde a los Ministerios "cumplir las funciones y atender los servicios que les están asignados y dictar, en desarrollo de la ley y de los decretos respectivos, las normas necesarias para tal efecto".

Que la convalidación de títulos es un procedimiento que hace parte del sistema de aseguramiento de la calidad en la educación superior, en virtud del cual se busca reconocer los títulos académicos obtenidos en el extranjero, propendiendo por la idoneidad académica de quienes los obtuvieron. El proceso de convalidación implica la realización de una revisión de legalidad y académica cuyo resultado permite garantizar que los títulos que sean convalidados corresponden a programas académicos que tienen un reconocimiento oficial por parte de los países de origen y pueden ser reconocidos para todos los efectos legales dentro del territorio nacional.

Que así mismo, es importante destacar el reconocimiento en alta calidad que puedan tener las instituciones educativas de Educación Superior o los programas académicos que se hayan cursado en el exterior, a fin de surtir el proceso de convalidación de forma expedita, teniendo en cuenta los estándares de calidad internacionales.

Que el artículo 62 de la Ley 1753 de 2015 "por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018" - "Todos por un nuevo país", distingue entre los títulos de educación superior extranjeros que provienen de programas o instituciones acreditadas que "cuenten con un reconocimiento equivalente por parte de una entidad certificadora o evaluadora de alta calidad, reconocida en el país de procedencia del título o a nivel internacional" y aquellos que cuenten con un reconocimiento equivalente por parte de una entidad...

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