Resolución número 0252 de 2021, por medio de la cual se adiciona un parágrafo transitorio al artículo 14 de la Resolución 2162 del 13 de noviembre de 2020 a efectos de atender unas postulaciones que no pudieron ser realizadas a causa de los eventos imprevisibles ocurridos en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina - 3 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 858007352

Resolución número 0252 de 2021, por medio de la cual se adiciona un parágrafo transitorio al artículo 14 de la Resolución 2162 del 13 de noviembre de 2020 a efectos de atender unas postulaciones que no pudieron ser realizadas a causa de los eventos imprevisibles ocurridos en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51577

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el Decreto Legislativo 639 de 2020 modificado por los Decretos Legislativos 677 y 815 de 2020 y la Ley 2060 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la emergencia económica, social y ecológica declarada mediante el Decreto 637 del 8 de mayo del 2020, se expidió el Decreto Legislativo 639 del 8 de mayo de 2020 por el cual se creó el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF) como un programa social del Estado que otorgaría al beneficiario del mismo, un aporte monetario mensual de naturaleza estatal con el objeto de apoyar y proteger el empleo formal del país durante la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19. Para tal efecto, el artículo 1º del Decreto Legislativo 639 de 2020 determinó que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público transferiría dicho aporte con cargo a los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME).

Que el parágrafo 2º del artículo del Decreto Legislativo 639 de 2020 modificado por el artículo 3º del Decreto Legislativo 677 de 2020 determinó que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público establecerá "[el]

proceso y las condiciones a las que deberán sujetarse las entidades financieras involucradas, la UGPP y en general todos los actos que participen en este Programa. Esto incluye, entre otros, los periodos y plazos máximos para el cumplimiento de los requisitos y el pago de los aportes, en los términos del presente decreto legislativo [...]".

Que el parágrafo del artículo 8º del mismo decreto legislativo modificado por el artículo 5º del Decreto Legislativo 677 de 2020 indica que "El Ministerio de Hacienda y Crédito Público establecerá, a través de resolución, el procesa de restitución del aporte estatal del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF)".

Que el Decreto Legislativo 815 del 4 de junio del 2020 modificó el Decreto Legislativo 639 de 2020 con el fin de ampliar la temporalidad del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF), para permitir postulaciones durante el mes de agosto.

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió la Resolución 1129 del 20 de mayo de 2020, la cual fue modificada por las Resoluciones 1191, 1200, 1242, 1331, 1683 y 2099 de 2020. A través de esta Resolución, el Ministerio definió la metodología de cálculo de la disminución en ingresos de los beneficiarios del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF), los plazos de postulación, los mecanismos de dispersión y dictó otras disposiciones, respecto del...

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