Resolución número 0494 de 2021, por la cual se autoriza a la Nación Ministerio de Hacienda y Crédito Público - para realizar operaciones de manejo de deuda pública externa con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) - 22 de Abril de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 866300366

Resolución número 0494 de 2021, por la cual se autoriza a la Nación Ministerio de Hacienda y Crédito Público - para realizar operaciones de manejo de deuda pública externa con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF)

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51653

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 2.2.1.4.2. del Decreto número 1068 del 26 de mayo de 2015, la Resolución número 2650 del 12 de noviembre de 1996, la Resolución número 2822 del 30 de diciembre de 2002 y la Resolución número 2563 del 9 de septiembre de 2011; y

CONSIDERANDO

Que el artículo 2.2.1.1.3. del Decreto número 1068 del 26 de mayo de 2015, estipula que constituyen operaciones propias del manejo de la deuda pública las que no incrementan el endeudamiento neto de la entidad estatal y contribuyan a mejorar el perfil de la deuda de la misma. Estas operaciones, en tanto no constituyen un nuevo financiamiento, no afectan el cupo de endeudamiento. Dentro de las anteriores operaciones se encuentran comprendidas, entre otras, la refinanciación, reestructuración, renegociación, reordenamiento, conversión o intercambio, sustitución, compra y venta de deuda pública, los acuerdos de pago, el saneamiento de obligaciones crediticias, las operaciones de cobertura de riesgos, la titularización de deudas de terceros, las relativas al manejo de la liquidez de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional y todas aquellas operaciones de similar naturaleza que en el futuro se desarrollen;

Que el artículo 2.2.1.4.2. del Decreto número 1068 del 26 de mayo de 2015, establece que la celebración de operaciones para el manejo de la deuda externa de la Nación requerirá autorización, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse siempre y cuando se demuestre la conveniencia y justificación financiera de la operación y sus efectos sobre el perfil de la deuda;

Que la Nación proyecta celebrar operaciones de manejo de deuda pública externa con organismos multilaterales y bancos de desarrollo, consistentes en la conversión de tasas de interés variable a tasas de interés fija de los créditos externos que estén contratados a la fecha de la operación de manejo. El crédito sobre el cual se hará la operación de manejo de deuda se presenta a continuación:

Que el contrato de empréstito externo relacionado en el considerando anterior tiene tasa de interés basada en la Libor más un margen;

Que mediante memorando 3-2021-002729 del...

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