Resolución número 0509 de 2018, por la cual se establecen la forma y requisitos para solicitar ante las autoridades ambientales competentes la acreditación o certificación de las inversiones de control del medio ambiente y conservación y mejoramiento del medio ambiente y se dictan otras disposiciones - 4 de Abril de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 708061197

Resolución número 0509 de 2018, por la cual se establecen la forma y requisitos para solicitar ante las autoridades ambientales competentes la acreditación o certificación de las inversiones de control del medio ambiente y conservación y mejoramiento del medio ambiente y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín50554

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en desarrollo del artículo 255 del Estatuto Tributario adicionado por el artículo 103 de la Ley 1819 de 2016 y el parágrafo 1º del artículo 1.2.1.18.52. del Decreto 1625 de 2016 las conferidas en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 255 del Estatuto Tributario adicionado por el artículo 103 de la Ley 1819 de 2016 establece que: "Las personas jurídicas que realicen directamente inversiones en control, conservación y mejoramiento del medio ambiente, tendrán derecho a descontar de su impuesto sobre la renta a cargo el 25% de las inversiones que hayan realizado en el respectivo año gravable, previa acreditación que efectúe la autoridad ambiental respectiva, en la cual deberá tenerse en cuenta los beneficios ambientales directos

1 Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social.

2 Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.

3 Destinación de los recursos. No se podrán destinar ni utilizar los recursos de las instituciones de la seguridad social para fines diferentes a ella.

4 De los ingresos de las entidades promotoras de salud. Las cotizaciones que recauden las entidades promotoras de salud pertenecen al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

5 Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud.

asociados a dichas inversiones. No darán derecho a descuento las inversiones realizadas por mandato de una autoridad ambiental para mitigar el impacto ambiental producido por la obra o actividad objeto de una licencia ambiental".

Que mediante el Decreto 1625 de 2016 modificado por el artículo 1º del Decreto 2205 de 2017, se reglamentó el artículo 255 del Estatuto Tributario.

Que el citado Decreto en el parágrafo 1º del artículo 1.2.1.18.52 determina que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible establecerá la forma y requisitos para solicitar ante las autoridades ambientales competentes para la obtención de la certificación de que trata el literal d) del mencionado artículo.

Que la Resolución 2000 establece la forma y requisitos para presentar ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), las solicitudes de acreditación para obtener la exclusión del impuesto sobre las ventas de que tratan los artículos 424 numeral 7 y 428 literal f) del Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones.

Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, señala que "En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda".

Que además es necesario hacer una serie de precisiones formales a la Resolución 2000 de 2017 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, relacionadas con errores de transcripción.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

La presente resolución tiene por objetivo establecer la forma y requisitos para solicitar ante las autoridades ambientales competentes la acreditación o certificación de las inversiones de control del medio ambiente y conservación y mejoramiento del medio ambiente para obtener el descuento de Impuesto de Renta de que trata el artículo 255 del Estatuto Tributario.

Artículo 2º Ámbito de aplicación

El presente acto administrativo será aplicable al descuento del Impuesto de Renta de que trata el artículo 255 del Estatuto Tributario para las personas jurídicas que realicen inversiones en control, conservación y mejoramiento del ambiente, exceptuando las que por mandato de una licencia ambiental se lleven a cabo.

Artículo 3º

Requisitos de la solicitud de acreditación de las inversiones para el control del medio ambiente o conservación y mejoramiento del medio ambiente. La solicitud de acreditación de inversión en control del medio ambiente o conservación y mejoramiento del medio ambiente debe ser presentada ante la autoridad ambiental competente, por la persona jurídica contribuyente que realice la inversión respectiva. Dicha solicitud debe cumplir los siguientes requisitos:

  1. Allegar el formato único de solicitud firmado por el representante legal, adjunto a la presente resolución.

  2. Señalar bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la presentación de la solicitud, que la inversión no se realiza por mandato de una autoridad ambiental para mitigar el impacto ambiental producido por la obra o actividad objeto de una licencia ambiental y que la misma no involucra inversiones respecto de las cuales, de acuerdo con el artículo 1.2.1.18.54 del Decreto 1625 de 2016, no otorgan derecho al descuento.

  3. Descripción detallada de la inversión en control del medio de ambiente o, conservación y mejoramiento del medio ambiente, para lo cual se debe indicar lo siguiente:

3.1. Objeto y finalidad de la inversión en control del medio ambiente o conservación y mejoramiento del medio ambiente.

3.2. Describir en qué consiste...

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