Resolución número 0559 de 2022, por la cual se adoptan valores nacionales de riesgo máximo individual accidental para instalaciones fijas y en especial las instalaciones fijas clasificadas de acuerdo al Decreto 1347 de 2021 y se dictan otras disposiciones - 14 de Julio de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 908037211

Resolución número 0559 de 2022, por la cual se adoptan valores nacionales de riesgo máximo individual accidental para instalaciones fijas y en especial las instalaciones fijas clasificadas de acuerdo al Decreto 1347 de 2021 y se dictan otras disposiciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Número de Boletín52095

El Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial, las que le confieren el artículo 18 de la Ley 1523 de 2012, el Decreto 4147 de 2011 y, en desarrollo del artículo

42 de la Ley 1523 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso segundo del artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.

Que la Ley 320 de 1996, por medio de la cual se aprueba el Convenio 174 sobre la Prevención de Accidentes Industriales Mayores y la Recomendación 181 sobre la Prevención de Accidentes Industriales Mayores, de la Organización Internacional del Trabajo, define el marco normativo para la prevención de accidentes mayores que involucren sustancias químicas peligrosas y la limitación de las consecuencias de dichos accidentes.

Que el literal 1 del artículo 9º del Convenio 174 de la OIT requiere a los empleadores el definir y establecer un sistema documentado de prevención de riesgos de accidentes mayores, el cual deberá contener, entre otros, la identificación y el estudio de los peligros y la evaluación de riesgos, considerando las posibles interacciones entre sustancias, si hubiere.

Que la Ley 1523 de 2012, adoptó la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres en Colombia y determinó la estructura del Sistema Nacional de Gestión del

Riesgo de Desastres (SNGRD).

Que la Ley 1523 de 2012, contempla como desastre, "... el resultado que se desencadena de la manifestación de uno o varios eventos naturales o antropogénicos no intencionales que, al encontrar condiciones propicias de vulnerabilidad en las personas, los bienes, la infraestructura, los medios de subsistencia, la prestación de servicios o los recursos ambientales, causa daños o pérdidas humanas, materiales, económicas o ambientales...".

Que la Ley 1523 de 2012 en el artículo 18, asigna a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, la función de elaborar y hacer cumplir la normatividad interna del sistema nacional, entiéndase: decretos, resoluciones, circulares, conceptos y otras normas".

Que el Decreto 2157 de 2017, el cual reglamenta el artículo 42 de la Ley 1523 de 2012, establece que todas las entidades públicas y privadas encargadas de la prestación de servicios públicos, obras civiles mayores, desarrollo de actividades industriales, y otras actividades que puedan significar riesgo de desastre para la sociedad y el ambiente, deben elaborar e implementar el Plan de Gestión del Riesgo de Desastres de las Entidades Públicas y Privadas (PGRDEPP), el cual debe incluir, entre otros aspectos, el análisis específico de riesgo y, con base en ello, realizar el diseño e implementación de medidas para reducir las condiciones de riesgo actual y futuro, además de la formulación del plan de emergencia y contingencia, con el fin de proteger a la población, mejorar la seguridad, el bienestar y sostenibilidad de las entidades.

Que como parte del proceso de adhesión a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico OCDE, Colombia ha venido trabajando en la inclusión de las diferentes decisiones y recomendaciones realizadas por el organismo en diversas áreas, dentro de las que se encuentran la prevención, preparación y respuesta a accidentes químicos.

Que el Documento CONPES 3868 de 2016 establece la Política de Gestión del Riesgo Asociado al Uso de Sustancias Químicas y la implementación en el país de un Programa de Prevención de Accidentes Mayores (PPAM).

Que el decreto número 1347 de 2021 adicionó el capítulo 12 del título 4 de la parte 2 del libro 2 del decreto 1072 del 2015, decreto único reglamentario del sector trabajo, que adopta el Programa de Prevención de Accidentes Mayores (PPAM), el cual está orientado a proteger la población y el ambiente ante escenarios de accidentes mayores, mediante la gestión del riesgo de sustancias químicas usadas en instalaciones industriales en el territorio nacional y la preparación y respuesta cuando estas ocurran, como parte de la política de...

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