Resolución número 0655 de 2022, por la cual se reglamenta la fecha de presentación y el contenido de los Informes de Auditoría Externa de que trata el artículo 75 del Decreto 2147 de 2016 - 17 de Mayo de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 905313809

Resolución número 0655 de 2022, por la cual se reglamenta la fecha de presentación y el contenido de los Informes de Auditoría Externa de que trata el artículo 75 del Decreto 2147 de 2016

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín52037

El Viceministro de Desarrollo Empresarial del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confieren el Decreto 210 de 2003, el parágrafo del artículo 75 del Decreto 2147 de 2016 y sus modificaciones, el artículo 8º del Decreto 1742 de 2020 y de acuerdo con la delegación conferida mediante la Resolución número 0946 del 13 de septiembre de 2021,

y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo previsto en el artículo 4º de la Ley 1004 de 2005, corresponde al Gobierno nacional reglamentar el régimen de zonas francas permanentes y transitorias, observando para el efecto los parámetros establecidos en dicha disposición.

Que mediante los Decretos 2147 de 2016, 659 de 2018, 1054 de 2019 y 278 de 2021, el Gobierno nacional modificó el régimen de zonas francas y dictó otras disposiciones.

Que el artículo 75 del Decreto 2147 de 2016, modificado por el artículo 11 del Decreto 659 de 2018, señala la obligación del usuario operador de la zona franca de contratar una empresa de auditoría especializada que realice una auditoría anual en la zona franca, así como los aspectos que debe contener dicha auditoría externa.

Que el parágrafo del artículo 75 del Decreto 2147 de 2016 y sus modificaciones, dispone que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales fijarán mediante resolución de carácter general el contenido del informe de control de las auditorías externas, así como el término de presentación ante las citadas entidades.

Que el mismo parágrafo faculta al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para establecer el contenido del informe de control de las auditorías externas, por lo que se hace necesario, que se tenga en cuenta lo relativo al programa de sistematización de las operaciones de la zona franca para el manejo de inventarios bajo control aduanero, así como su conexión y envío al sistema de comunicaciones y de transmisión electrónica de datos y documentos a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 75 del Decreto 2147 de 2016 y sus modificaciones, se hace necesario emitir la correspondiente reglamentación para fijar la fecha de presentación de los informes de auditoría externa de las...

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