Resolución número 092 de 2021, por la cual se hace una modificación de oficio con base en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 52 de la Ley 2099 de 2021, en la Resolución CREG 216 de 2020, mediante la cual se aprobaron las variables necesariaspara calcular los ingresosy cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la Empresa de Energía del Putumayo S. A E.S.P. y se hace una aclaración - 9 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 877078195

Resolución número 092 de 2021, por la cual se hace una modificación de oficio con base en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 52 de la Ley 2099 de 2021, en la Resolución CREG 216 de 2020, mediante la cual se aprobaron las variables necesariaspara calcular los ingresosy cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la Empresa de Energía del Putumayo S. A E.S.P. y se hace una aclaración

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín51822

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994, 2696 de 2004 y 1260 de 2013.

CONSIDERANDO QUE:

Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, publicada en el Diario Oficial del 3 de febrero de 2018, se expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, la cual fue aclarada y modificada por las Resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019, y 167 y 195 de 2020.

Mediante la Resolución CREG 216 de 2020 se aprobaron las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la Empresa de Energía del Putumayo S.A. E.S.P.

La Empresa de Energía del Putumayo S. A. E.S.P. interpuso recurso de reposición contra la Resolución CREG 216 de 2020, el cual fue resuelto mediante la Resolución

CREG 017 de 2021.

La empresa XM S. A. E.S.P., encargada del cálculo de los cargos de distribución de los operadores de red, mediante comunicación E-2021-007756 informó a la CREG, lo siguiente:

(...) informamos que para el Operador de Red "Empresa de Energía del Putumayo", se dio la condición de que la variable Ajuste al Ingreso Mensual (AIMj,n,m) fue negativa y mayor que el Ingreso del OR en cada Nivel de Tensión (IAj,n,m,t), por tanto la suma de dichas variables arrojó un valor negativo, lo cual a su vez originó que los Cargos del nivel de tensión n (CDn,j,m,t) y los Cargos por uso del nivel de tensión n (Dtn,j,m,t) dieron negativospara este agente en los niveles de tensión 1, 2y3, tal como se muestra en el anexo.

Adicionalmente los cargos (Dtn,j,m,t) de cada OR se requieren para el cálculo del Cargo Único (DtUNn,m,a) acorde con lo establecido en la Resolución CREG 058 de 2008 y sus modificaciones, por tanto, el LAC usará dichos valores de cargo Dtn,j,m,t negativos, para los cálculos de DtUNn,m,a y liquidación de ingresos en el marco de las Áreas de Distribución(ADD), del Operador de Red "Empresa de Energía del Putumayo".

Por su parte, la Empresa de Energía del Putumayo S. A. E.S.P., mediante comunicación E-2021-007913, manifestó lo siguiente:

(...) la liquidación de ingresos de distribución tiene implícita una disminución de 1.327MCOP, asociada al valor citado de 15.807MCOP a devolver desagregado en doce meses, además de una disminución en ingresos para cada mes por cerca de 607MCOP, es decir un impacto total mensual, durante por lo menos los primeros doce meses, de 1.934 MCOP, lo cual corresponde a 23.208 MCOP en el año.

El hecho anterior produce unos ingresos de distribución negativos, conforme a lo evidenciado en el documento remitido por XM (.) Dicha situación, genera una inviabilidad financiera para la empresa, ya que los ingresos de Distribución por SDL desde la contabilidad se reducen aproximadamente de 14.011 MCOP a $6.942MCOP anuales.

(.) De lo anterior, se puede determinar que el ingreso de EEPUTUMAYO bajo la Resolución CREG 097 de 2008 vs. Resolución CREG 015 de 2018, tiene una disminución de 610 MCOP mensuales. Teniendo en cuenta, que el ingreso mensual por distribución actualmente es de 1.206MCOP, con los nuevos ingresos se reducirían a 596MCOP, lo que se traduce en un Cargo de Distribución N1 de aproximadamente a 132 $/kWh. Lo anterior, sin tener en cuenta el ajuste de la variable AIM.

Ahora bien, incluyendo el efecto de esta última variable, el impacto adicional de la devolución del saldo acumulado por el numeral 1.3.4.1 de la Resolución CREG 015 de 2018, la empresa en lugar de tener...

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