Resolución número 1060 de 2021, por la cual se adoptan los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, requerido para el trámite de la licencia ambiental en proyectos de uso de biomasa para la generación de energía y se toman otras determinaciones - 13 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 877147443

Resolución número 1060 de 2021, por la cual se adoptan los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, requerido para el trámite de la licencia ambiental en proyectos de uso de biomasa para la generación de energía y se toman otras determinaciones

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín51826

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el artículo 57 de la Ley 99 de 1993, el numeral 19 del artículo 2º del Decreto - Ley 3570 de 2011 y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 2.2.2.3.3.2 del Decreto 1076 de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto-Ley 3570 del 27 de septiembre de 2011, consagró como objetivos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible la definición de las regulaciones a las que se sujetarán la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y el medio ambiente de la Nación, a fin de asegurar el desarrollo sostenible.

Que el numeral 19 del artículo 2º del precitado decreto en concordancia con el numeral 14 del artículo de la Ley 99 de 1993, establecieron como funciones de este Ministerio la definición y regulación de los instrumentos administrativos y mecanismos necesarios para la prevención y el control de los factores de deterioro ambiental y determinar los criterios de evaluación, seguimiento y manejo ambiental de las actividades económicas.

Que el artículo 2.2.2.3.3.1 del Decreto 1076 de 2015, señala que los estudios ambientales para el licenciamiento ambiental son el diagnóstico ambiental de alternativas (DAA) y el estudio de impacto ambiental (EIA).

Que el artículo 2.2.2.3.3.2 ibídem, establece que: "Los términos de referencia son los lineamientos generales que la autoridad ambiental señala para la elaboración y ejecución de los estudios ambientales que deben ser presentados ante la autoridad ambiental competente.

Los estudios ambientales se elaborarán con base en los términos de referencia que sean expedidos por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. El solicitante deberá adaptarlos a las particularidades del proyecto, obra o actividad. (...)".

Que así mismo el artículo 2.2.2.3.3.2 del precitado decreto indica que los términos de referencia deben ser utilizados por el solicitante de una licencia ambiental "de acuerdo con las condiciones específicas del proyecto, obra o actividad que pretende desarrollar".

Que la utilización de los términos de referencia, el solicitante deberá presentar los estudios ambientales de que trata el artículo 2.2.2.3.3.1 citado, de conformidad con la Metodología General para la Presentación de Estudios Ambientales, adoptada por este Ministerio mediante la Resolución 1402 de 2018 o la norma que la modifique o sustituya.

Que mediante la Ley 1715 de 2014, se regula la integración de las energías renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional, la cual en su capítulo IV "Del desarrollo y promoción de las Fuentes No Convencionales de Energía (FNCER)", presenta aquellas alternativas de fuentes de generación energética a partir de diversos materiales (biomasa forestal, biomasa agrícola...

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