Resolución número 106407 de 2021, por la cual se establecen medidas fitosanitarias para el control de las moscas de la fruta en el territorio nacional y se dictan otras disposiciones - 24 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 876405270

Resolución número 106407 de 2021, por la cual se establecen medidas fitosanitarias para el control de las moscas de la fruta en el territorio nacional y se dictan otras disposiciones

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín51807

La Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el Artículo 4º del Decreto 1840 de 1994, el artículo 4º del Decreto 3761 de 2009, el artículo 2.13.1.3.1 del Decreto 1071 de

2015 y,

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), como Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) tiene la función de proteger la Sanidad Vegetal del país, mediante la ejecución de acciones de prevención, control y erradicación de plagas;

Que para el desarrollo del sector frutícola del país, se deben ejecutar paralelamente políticas de mejoramiento de las condiciones de la producción, con la implementación de medidas fitosanitarias para el control de plagas de importancia económica y cuarentenaria como la mosca de la fruta, con el fin de producir frutos de alta calidad fitosanitaria para lograr competitividad en el mercado nacional e internacional;

Que una de las plagas que afectan los cultivos frutales en Colombia, es el grupo de moscas de la fruta, representado principalmente en los géneros Anastrepha y Ceratitis, siendo el género Anastrepha el más diverso en América pues comprende más de 300 especies descritas a nivel mundial; actualmente, Colombia cuenta con 92 especies de moscas de la fruta del género Anastrepha de las cuales un grupo de 10 especies son consideradas plagas;

Que algunas especies de moscas de la fruta (Familia: Tephritidae) se caracterizan como la principal plaga de los frutales en Colombia, que, por su poder destructivo, dañan directamente a las especies frutícolas, lo que limita su producción y comercialización al causar un daño directo en la pulpa de la fruta y daños secundarios causados por la entrada de microorganismos patógenos;

Que las moscas de la fruta son plagas de importancia económica y algunas especies limitan la exportación de nuestros productos hacia otros países y se constituyen como plagas de control oficial en Colombia conforme lo dispuesto en la Resolución 3593 del 9 de octubre de 2015;

Que en Colombia la incidencia de las moscas de la fruta implica una seria problemática, en razón a que, en todas las zonas frutícolas del país, se presentan condiciones óptimas en cuanto a clima y hospedantes para su establecimiento y dispersión;

Que debido al impacto socioeconómico que representa esta plaga para los cultivos frutales, el ICA dio inicio al programa de vigilancia de la plaga desde el año 1972, bajo un proyecto conjunto de la Región Andina, siendo nombrado en 1996 como Proyecto Moscas de la Fruta, y posteriormente Plan Nacional de Moscas de la Fruta en 2007;

Que entre los años 2008 y 2013 el ICA mediante las Resoluciones números 2695, 2696 de 2008, 2896 de 2010, 4913 de 2011, 5337 de 2012 y 5608 de 2013 declaró para Colombia seis áreas de baja prevalencia para moscas de la fruta y mediante las Resoluciones números 2697 y 2698 de 2008 dos áreas libres, dentro de las cuales se destaca país libre de especies del género Bactrocera;

Que el ICA mediante Resolución 000001 del 4 de enero de 2011, estableció medidas fitosanitarias para el control de la mosca de las frutas en el territorio nacional;

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en el año 1977 inició la estructuración de una red de trampeo para las especies de moscas de la fruta de importancia económica en los principales departamentos fruticultores, la cual ha venido actualizando. A través de la vigilancia se ha evidenciado que el daño generado por las moscas de la fruta, radica en su capacidad de usar los frutos como hospedantes, desarrollando los estados de huevo y larva dentro del fruto. Esta condición afecta directamente los rendimientos productivos y calidad del cultivo comercial hasta en un 70%;

Que debido a la implementación de nuevos planes de trabajo, acuerdos de exportación y áreas...

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