Resolución número 1081 de 2020, por la cual se adoptan medidas transitorias para ampliar la vigencia de los permisos de salida del país de los niños, niñas y adolescentes ante la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia - 23 de Abril de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 843920348

Resolución número 1081 de 2020, por la cual se adoptan medidas transitorias para ampliar la vigencia de los permisos de salida del país de los niños, niñas y adolescentes ante la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Migración Colombia
Número de Boletín51294

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las otorgadas por el Decreto Ley 4062 de 2011, Decreto 1067 de 2015, el Decreto 417 de 2020 y el Decreto 491 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política colombiana, en su artículo 44 establece como derechos de los niños, niñas y adolescentes la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión; La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos.

Que mediante el Decreto Ley 4062 de 2011 se creó la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, como un organismo civil de seguridad, con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y patrimonio independiente, con jurisdicción en todo el territorio nacional, adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores, cuyo objetivo eseejercer las funciones de autoridad de vigilancia y control migratorio y de extranjería del Estado colombiano, dentro del marco de la soberanía nacional y de conformidad con las leyes y la política que en la materia defina el Gobierno nacional.

Que el Gobierno nacional expidió el Decreto 1067 de 2015 "por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores." Que regula en capítulo 11 las Disposiciones Migratorias.

Que la Ley 1098 del 2006, mediante la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, en su artículo 8º, establece la prelación e interés superior de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, cuyos derechos son universales, prevalentes e interdependientes.

Que la misma Ley 1098 de 2006, reformada por la Ley 1878 de 2018, en su artículo 110, referente a los permisos para salir del país establece que, cuando un niño, una niña o un adolescente que tiene residencia en Colombia vaya a salir del país con uno de los padres o con una persona distinta a los representantes legales deberá obtener previamente el permiso de aquel con quien no viajare o el de aquellos, debidamente autenticado ante notario o autoridad consular.

Que el 6 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud y...

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