Resolución número 1087 de 2020, por la cual se autoriza a Grupo Energía Bogotá S. A. ESP - GEB S. A. ESP para suscribir, emitir y colocar bonos de deuda pública externa en los mercados internacionales de capitales hasta por la suma de cuatrocientos millones de dólares (USD 400.000.000) de los Estados Unidos de América - 8 de Mayo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844503578

Resolución número 1087 de 2020, por la cual se autoriza a Grupo Energía Bogotá S. A. ESP - GEB S. A. ESP para suscribir, emitir y colocar bonos de deuda pública externa en los mercados internacionales de capitales hasta por la suma de cuatrocientos millones de dólares (USD 400.000.000) de los Estados Unidos de América

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51308

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial el literal b) del artículo 2.2.1.3.3. del Decreto 1068 de 2015, el artículo primero de la Resolución número 2650 de 1996 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 0868 del 20 de marzo de 2019, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó a Grupo Energía Bogotá S. A. ESP - GEB S. A. ESP para gestionar operaciones de crédito público externo sin garantía de la Nación, actos o contratos asimilados o conexos a estas operaciones, emisión y colocación de títulos de deuda pública externa en el mercado de capitales, otorgar las garantías u otros mecanismos de soporte que se requieran para celebrar las operaciones en mención, celebrar créditos intercompañía, directamente y/o a través de intermediarios financieros, desde las demás empresas del Grupo hacia GEB S. A. ESP hasta por la suma de MIL CUATROCIENTOS VEINTE MILLONES DE DÓLARES (USD 1.420.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, con el propósito de financiar el plan de inversiones de la empresa 2019-2022;

Que mediante oficio, radicado en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público el 7 de mayo de 2020 bajo número 1-2020-037513, el Primer Suplente del Representante Legal de Grupo Energía Bogotá S. A. ESP - GEB S. A. ESP, solicitó a este Ministerio autorización para celebrar operaciones de crédito público externo, asimiladas y/o conexas a estas, consistentes en la obtención del financiamiento necesario, mediante la emisión y colocación de títulos de deuda pública externa en el mercado internacional de capitales, por un monto de hasta CUATROCIENTOS MILLONES DE DÓLARES (USD 400.000.000) de los Estados Unidos de América, destinados a la financiación del plan de inversiones de la empresa 2020-2022, incluyendo los costos y gastos asociados a la estructuración y obtención del financiamiento;

Que el Departamento Nacional de Planeación (DNP), mediante oficio número SC-20184380737521 del 21 de diciembre de 2018 y alcance número SC-20194380029431 del 25 de enero de 2019, emitió concepto favorable para que el Grupo Energía Bogotá S. A. ESP pueda llevar a cabo operaciones de crédito público interno y/o externo sin garantía de la Nación, actos o contratos asimilados o conexos a estas operaciones, emisión y colocación de títulos de deuda pública interna y/o externa en el mercado de capitales, otorgar las garantías u otros mecanismos de soporte que se requieran para celebrar las operaciones en mención, celebrar créditos intercompañía, directamente y/o a través de intermediarios financieros, desde las demás empresas del Grupo hacia GEB, en los términos estipulados en el Decreto 1068 de 2015, hasta por suma de USD $1.420 millones o su equivalente en otras monedas, con el propósito de financiar el plan de inversiones de la empresa 2018-2022;

Que con cargo al cupo de que trata el considerando anterior, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió la Resolución número 4791 del 19 de diciembre de 2019, por la cual se autorizó a Grupo Energía Bogotá S. A. ESP - GEB S. A. ESP para celebrar un empréstito externo con el Banco Davivienda hasta por la suma de TRESCIENTOS MILLONES DE

DÓLARES (USD 300.000.000) de los Estados Unidos de América, el cual fue suscrito por el monto total aprobado, quedando un cupo disponible de MIL CIENTO VEINTE MILLONES DE DÓLARES (UsD 1.120.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, según consta en el oficio radicado en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público el 7 de mayo de 2020 bajo número 1-2020-037513;

Que a la fecha de expedición de la presente resolución, según consta en oficio radicado en este Ministerio el 7 de mayo de 2020 bajo el número 1-2020-037513, suscrito por el Primer Suplente del Representante...

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