Resolución número 1088 de 2020, por la cual se modifican las Resoluciones números 1357 del 17 de mayo de 2017y 3731 del 1º de diciembre de 2017 - 16 de Junio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 845448765

Resolución número 1088 de 2020, por la cual se modifican las Resoluciones números 1357 del 17 de mayo de 2017y 3731 del 1º de diciembre de 2017

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín51347

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), en ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el numeral 14 del artículo 9º del Decreto 260 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la desconcentración y la delegación de funciones.

Que de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el representante legal, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o Entidad, pueden crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo.

Que mediante el Decreto 260 del 28 de enero de 2004, se modificó la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), y el numeral 14, del artículo 9º, facultó al Director General para: "Dirigir la marcha organizacional de la institución, conformar las áreas de gestión, grupos de trabajo y asignar el personal teniendo en cuenta la estructura y las necesidades de servicio".

Que mediante Decreto 261 del 28 de enero de 2004, se estableció la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), la cual tiene carácter global, con excepción de los cargos que conforman el despacho del Director General.

Que el Decreto 823 del 16 de mayo de 2017, modificó la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), definida en el Decreto 260 de enero 28 de 2004, separando las funciones de ejercicio de autoridad de aquellas de provisión de servicios.

Que el artículo 16 Decreto 823 del 16 de mayo de 2017 modifica el artículo 28 del Decreto 260 de 2004, en el sentido de crear la Secretaría de Seguridad Operacional y de la Aviación Civil la cual cumple entre otras, la función de planear y coordinar la inspección, vigilancia y control del cumplimiento de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia por parte del personal aeronáutico, proveedores de servicios a la aviación, productos aeronáuticos y seguridad de la aviación civil, en aplicación de las políticas de seguridad operacional y de aviación civil.

Que conforme el Decreto 823 de 2017, la Secretaría de Seguridad Operacional y de la Aviación Civil tiene a su cargo la Dirección Estándares de Vuelo y la Dirección Estándares de Servicios de Navegación Aérea y Servicios Aeroportuarios.

Que el parágrafo 3º del artículo 19 del Decreto 823 de 2017, determina que "El Director General, teniendo en cuenta la situación geográfica y la conveniencia técnica y del servicio, definirá y delimitará la jurisdicción de las Direcciones Regionales Aeronáuticas".

Que mediante la Resolución número 1357 del 17 de mayo de 2017 modificada por la Resolución número 2013 del 12 de julio de 2017, se crearon y organizaron los Grupos Internos de Trabajo en el Nivel Central y se les asignaron responsabilidades, correspondiendo a la Secretaría de Seguridad Operacional y de la Aviación Civil, los siguientes:

Que la Resolución número 3731 del 1º de diciembre de 2017, se crearon y organizaron los Grupos Internos de Trabajo en el Nivel Regional y se les asignan responsabilidades.

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