Resolución número 1209 de 2022, por la cual se desarrolla el procedimiento del modelo de atención del Servicio de Facilitación de la Inversión Extranjera Directa (SIED) - 4 de Agosto de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 909122995

Resolución número 1209 de 2022, por la cual se desarrolla el procedimiento del modelo de atención del Servicio de Facilitación de la Inversión Extranjera Directa (SIED)

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín52116

La Ministra de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren el artículo 2º del Decreto 210 de 2003 y el artículo 2.2.3.8.2.4 del Decreto 1644 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política dispone que: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. (...) Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la Ley".

Que el artículo 2º del Decreto 210 de 2003 establece que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo tiene dentro de sus funciones la de formular la política de incentivos a la inversión extranjera y coordinar las estrategias gubernamentales dirigidas a incrementar la competitividad del país como receptor de inversión extranjera; así como las de promover, coordinar y desarrollar con las entidades competentes sistemas de información económica y comercial para apoyar la gestión de los empresarios, y coordinar la ejecución de la política de comercio exterior con las distintas entidades de la administración pública que tienen asignadas competencias en esta materia.

Que el Programa de Apoyo a la Diversificación e Internacionalización de la Economía Colombiana, adoptado y financiado a partir de lo establecido en el Documento Conpes 3973 de 2019, identificó que para la atracción y facilitación de la Inversión Extranjera Directa es conveniente el "establecimiento de lafigura del intermediario imparcial para la resolución de conflictos (Ombudsperson por su nombre en sueco) de inversión, fundamental para resolver consultas y dificultades de los inversionistas en temas impositivos, financieros, propiedad intelectual, entre otros, relacionados con hacer negocios en Colombia; así como para prevenir posibles disputas internacionales, mejorando de manera sistémica el clima de inversión" .

Que en virtud de lo anterior, y teniendo en cuenta que en la Rama Ejecutiva existen entidades y organismos que ofertan diferentes servicios que tienen relación con la cadena de facilitación de la Inversión Extranjera Directa, mediante el Decreto 1644 de 2021 el Gobierno nacional adicionó el Capítulo 8 al Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074, con el objetivo de regular dos herramientas de facilitación de la inversión extranjera directa en el país: (i) la Ventanilla Única de Inversión (VUI), y (ii) el Servicio de Facilitación de la Inversión Extranjera Directa (SIED), como mecanismos para facilitar el cumplimiento de trámites y procedimientos para establecerse y operar en Colombia.

Que el Servicio de Facilitación de la Inversión Extranjera Directa o SIED, tiene el propósito de mejorar, de manera sistémica, el clima de inversión a través de un conjunto de niveles y herramientas a disposición del inversionista extranjero para la resolución alternativa de conflictos de inversión, la gestión de consultas y dificultades de los inversionistas en temas impositivos, financieros, propiedad intelectual, entre otros, relacionados con hacer negocios en Colombia. El Servicio de Facilitación de la Inversión Extranjera Directa se organiza como un modelo de atención escalonada para la gestión de las solicitudes presentadas por inversionistas extranjeros en relación con la atracción, realización y retención de inversiones extranjeras directas en Colombia.

Que de conformidad con el Capítulo 8 del Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, el Comité IED-SIFAI funge como rector y ejerce las funciones de gobernanza y direccionamiento estratégico de la Ventanilla Única de Inversión, así como del Servicio de Facilitación de la Inversión Extranjera Directa (SIED), que operará de manera virtual a través de la misma.

Que en virtud de lo establecido en los artículos 2.2.3.8.2.3 y 2.2.3.8.2.4 del Decreto 1074 de 2015, mediante Resolución 1204 del 3 de agosto de 2022, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo desarrolló la operación y gobernanza de la Ventanilla Única Empresarial y de la Ventanilla Única de Inversión, a través de la cual, operará de manera virtual el Servicio de Facilitación de la Inversión Extranjera Directa (SIED).

Que para que opere el Servicio de Facilitación de la Inversión Extranjera Directa (SIED), es necesario desarrollar las condiciones y el procedimiento para el funcionamiento del modelo de atención y definir aspectos tales como: registro, filtros, tiempos, canales de atención, entre otros, tendientes a la puesta en funcionamiento de los canales de ingreso de solicitudes y mecanismos de respuesta a las solicitudes de los inversionistas, dinamizando así, la cadena de facilitación extranjera y todos los trámites o servicios relacionados con la atracción, realización y retención de inversiones extranjeras directas en Colombia.

Que, de acuerdo con el numeral 30 del artículo 2º del Decreto 210 de 2003, corresponde al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo dictar las resoluciones y actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

Que teniendo en cuenta que actualmente se está desarrollando la fase de alistamiento técnico para garantizar la operación del Servicio de Facilitación de la Inversión Extranjera Directa (SIED), la presente resolución entrará en vigencia transcurridos seis (6) meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.

Que el presente acto administrativo, fue publicado en la página web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el artículo 1º de la Resolución 784 de 2017 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

La presente Resolución tiene como objeto desarrollar el procedimiento del modelo de atención del Servicio de Facilitación de la Inversión Extranjera Directa (SIED), creado en...

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