Resolución número 1266 de 2020, por la cual se autoriza a Internexa S.A. para celebrar una Operación de Manejo de Deud aPública Interna - 21 de Junio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 845597569

Resolución número 1266 de 2020, por la cual se autoriza a Internexa S.A. para celebrar una Operación de Manejo de Deud aPública Interna

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51352

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 6º de la Ley 781 de 2002, el artículo 262 de la Ley 1450 de 2011, el artículo 2.2.1.1.3 del Decreto número 1068 de 2015, y las Resoluciones números 2650 del 12 de noviembre de 1996, 2822 del 30 de diciembre de 2002 y 2563 del 9 de septiembre de 2011 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO:

Que en desarrollo de la autorización impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante Resolución número 0919 del 19 de marzo de 2020, Internexa S.A. celebró el 25 de marzo de 2020 un empréstito interno con el Banco Davivienda S.A., hasta por la suma de diez mil millones de pesos ($10.000.000.000) moneda legal colombiana, destinados a financiar el plan de inversiones de la empresa para la vigencia 2020;

Que la Superintendencia Financiera de Colombia expidió la Circular número 07 el 17 de marzo de 2020, donde imparte instrucciones a sus entidades vigiladas, para que mitiguen los efectos derivados de la coyuntura de los mercados financieros y la situación de emergencia sanitaria declarada por el Gobierno nacional mediante Resolución número 385 de 12 de marzo de 2020, en los deudores del sistema financiero; herramientas con las cuales se busca que adopten de forma consensuada planes de apoyo que permitan dar liquidez a los deudores;

Que mediante comunicación número 1-2020-036852 del 06 de mayo de 2020, Internexa S.A. solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para celebrar una Operación de Manejo de Deuda según lo establecido en el artículo 2.2.1.1.3. del Decreto número 1068 de 2015, consistente en modificar la fecha de pago de la cuota de interés que tiene vencimiento el 15 de julio/2020 hasta por 4 meses para el desembolso que se realizó dentro del empréstito vigente con el Banco Davivienda S.A. hasta por la suma de diez mil millones de pesos ($10.000.000.000) moneda legal colombiana, acogiéndose a los beneficios entregados por el banco derivados de la coyuntura económica asociada al COVID-19; operación de manejo que no incrementa el endeudamiento de la entidad. Asimismo, indica que las condiciones económicas pactadas para el pago de la obligación no sufrirán modificación, ni constituye novación de las obligaciones;

Que el artículo 262 de la Ley 1450 de 2011 dispone que sin perjuicio de lo establecido en el artículo 55 de la Ley 1341 de 2009 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto número 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2 Decreto número 1068 de 2015) y demás normas concordantes por parte de los Proveedores de la Información y Comunicaciones que ostenten la naturaleza jurídica de empresas de servicios públicos oficiales y mixtas, así como de aquellas con...

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