Resolución número 1428 de 2018, por la cual se modifican los artículos 9º, 10 y 12 de la Resolución número 256 del 22 de febrero de 2018, por medio de la cual se adopta la actualización del Manual de Compensaciones Ambientales del Componente Biótico y se toman otras determinaciones
Emisor | Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible |
Número de Boletín | 50673 |
El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 5º de la Ley 99 de 1993 y el numeral 2 del artículo 2º del Decreto-ley número 3570 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que los artículos 8º, 58, 79 y 80 de la Constitución Política de Colombia establecen que, es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación; que la propiedad es una función social que Implica obligaciones, a la cual le es inherente una función ecológica; que es deber del Estado planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar, entre otros fines, su conservación y restauración, así como proteger la diversidad e integridad del ambiente y de manera particular el deber de conservar las áreas de especial importancia ecológica.
Que el artículo 1º de la Ley 99 de 1993, establece dentro de los principios generales ambientales: "2. La biodiversidad del país, por ser patrimonio nacional y de interés de la humanidad, deberá ser protegida prioritariamente y aprovechada de forma sostenible".
Que el numeral 14 del artículo 5º de la precitada ley, señala dentro de las funciones de este Ministerio "Definir y regular los instrumentos administrativos y mecanismos necesarios para la prevención y el control de los factores de deterioro ambiental y determinar los criterios de evaluación, seguimiento y manejo ambientales de las actividades económicas", el cual es concordante con el numeral 2 del artículo 2º del Decreto-ley número 3570 de 2011, que establece como función del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la de "Diseñar y regular las políticas públicas y las condiciones generales para el saneamiento del ambiente, y el uso, manejo, aprovechamiento, conservación, restauración y recuperación de los recursos naturales, a fin de impedir, reprimir, eliminar o mitigar el impacto de actividades contaminantes, deteriorantes o destructivas del entorno o del patrimonio natural, en todos los sectores económicos y productivos".
Que el artículo 31 de la Ley 99 de 1993, determina que, les corresponde a las Corporaciones Autónomas Regionales, entre otras funciones, ejecutar las políticas, planes y programas nacionales en materia ambiental definidos por la ley o por el Ministerio del Medio Ambiente, promover y desarrollar la participación comunitaria en actividades y programas de protección ambiental, de desarrollo sostenible y de manejo adecuado de los recursos naturales renovables; coordinar el proceso de preparación de los planes, programas y proyectos de desarrollo medioambiental que deban formular los diferentes...
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