Resolución número 1462 de 2014, por la cual se suspenden términos en unas actividades de conservación catastral - 30 de Diciembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 551358234

Resolución número 1462 de 2014, por la cual se suspenden términos en unas actividades de conservación catastral

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Número de Boletín49380

El Director General del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi", en ejercicio de la facultad otorgada por el numeral 12 del artículo 14 del Decreto número 2113 de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" (IGAC) finalizó el proceso de actualización de la formación catastral de los municipios priorizados durante el año 2014;

Que para los municipios en los cuales no realizó proceso de actualización de la formación catastral, el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" (IGAC) debe adelantar el ajuste de las bases gravables de acuerdo a lo que establezca el decreto que para efecto de fijar el incremento de los avalúos catastrales se expide por el Gobierno nacional;

Que el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" (IGAC) requiere consolidar las bases de datos catastrales gráficas y alfanuméricas de los municipios bajo jurisdicción del Instituto;

De acuerdo con lo anterior, dentro de la planeación institucional se tiene programado que el trece (13) de enero de dos mil quince (2015) se reanuden las actividades de conservación a nivel nacional;

Que para las actividades anteriormente descritas se hace necesario suspender actividades en materia de conservación catastral durante quince (15) días calendario, comprendidos entre el veintinueve (29) diciembre de dos mil catorce (2014) y el trece (13) de enero de dos mil quince (2015), equivalente a nueve (9) días hábiles;

Que el desarrollo de las citadas actividades durante el lapso precitado comporta la suspensión de movimiento en materia de conservación catastral hacia los usuarios externos en el sistema actual de catastro, así como la suspensión de los términos normativos previstos para atender las peticiones y realizar los trámites catastrales, lo cual se limitará a lo estrictamente indispensable del proceso de conservación catastral;

Por lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Suspensión de términos.

En el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" (IGAC) a partir de las cero horas (00:00 h) del día veintinueve (29) de diciembre de dos mil catorce (2014) y hasta las cero horas (00:00 h) del día trece (13) de enero de dos mil quince (2015), se suspenden los términos normativos para atender las peticiones y realizar trámites de conservación catastral, así como para que opere el silencio...

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