Resolución número 1467 de 2021, por medio de la cual se suspenden los términos en todos los trámites y actuaciones catastrales del municipio de Ibagué del departamento de Tolima y se fijan otras disposiciones
Emisor | Establecimientos Públicos - Instituto Geográfico Agustín Codazzi |
Número de Boletín | 51819 |
La Directora General del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las otorgadas en el artículo 10, numerales 20 y 22 del Decreto 846 de 2021 y por el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 y los artículos 2.2.2.5.1. y 2.2.2.5.3. del Decreto 1983 de 2019 y,
CONSIDERANDO QUE:
El artículo 365 de la Constitución Política dispone que "Los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional. Los servicios públicos estarán sometidos al régimen jurídico que fije la ley, podrán ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas, o por particulares. En todo caso, el Estado mantendrá la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios (.)".
La noción de servicio público se encuentra en el artículo 430 del Código Sustantivo de Trabajo1, el cual establece: se considera como servicio público toda actividad organizada que tienda a satisfacer necesidades de interés general en forma regular y continua, de acuerdo con un régimen jurídico especial, bien que se realice por el Estado directa o indirectamente o por personas privadas.
El artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 "Pacto por Colombia pacto por la Equidad" , contempla un nuevo modelo de la
1 Subrogado por el artículo Iº del Decreto 753 de 1946 y continuando con los Decretos 414 y 437 de 1952, el Decreto 1543 de 1955, los Decretos 1593 de 1959 y 1167 de 1963, y más recientemente por las Leyes 31 y 142 de 1992 y por el artículo 4º de la Ley 100 de 1993. gestión catastral al otorgarle la naturaleza de servicio público, entendiendo el mismo como "un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización conservación y disposición de la información catastral, así como los procedimientos del enfoque multipropósito que sean adoptados"; que permite la descentralización catastral a cargo de entidades públicas, nacionales, territoriales y Esquemas Asociativos de Entidades Territoriales (EAT), que deberán solicitar al IGAC su habilitación como gestores catastrales y podrán prestar el servicio público de catastro en todo el territorio nacional.
El...
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