Resolución número 20223040029805 de 2022, por la cual se crea la zona diferencial para el tránsito (ZDT) en el municipio de Leticia (Amazonas) y se dictan otras disposiciones - 27 de Mayo de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 906086898

Resolución número 20223040029805 de 2022, por la cual se crea la zona diferencial para el tránsito (ZDT) en el municipio de Leticia (Amazonas) y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín52047

La Ministra de Transporte, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 1º de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 1º de la Ley 1383 de 2010, artículo 6º numerales 6.2 y 6.3 del Decreto 087 de 2011, artículo 2.2.8.1 y 2.2.8.2 del Decreto 1079 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º de la Ley 769 de 2002 Código Nacional de Tránsito Terrestre, modificado por el artículo 1 de la Ley 1383 del 2010, determina que en desarrollo de lo establecido en el artículo 24 de la Constitución Política, todo colombiano tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, pero sujeto a la intervención y reglamentación de las autoridades para garantía de la seguridad y comodidad de los habitantes, especialmente de los peatones y de los discapacitados físicos y mentales.

Que adicionalmente, el artículo 1º de la citada ley, dispone que el Ministerio de Transporte como autoridad suprema de tránsito define, orienta, vigila e inspecciona la ejecución de la política pública nacional en materia de tránsito.

Que el artículo 300 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad", modificó el artículo 182 de la Ley 1753 de 2015, estableciendo que para garantizar las condiciones de accesibilidad y seguridad en el servicio de transporte, promover la formalización del servicio de transporte público y garantizar a los pobladores los servicios de tránsito, el Ministerio de Transporte podrá crear Zonas Diferenciales para el Transporte y/o el Tránsito, las cuales serán constituidas por un municipio o grupos de municipios donde no existan sistemas de transporte cofinanciados por la Nación, y cuya vocación rural o características geográficas, económicas, sociales, étnicas u otras propias del territorio, impidan la normal prestación de los servicios de transporte público y garantizar a los pobladores los servicios de tránsito en las condiciones de la normatividad vigente y aplicable.

Que de acuerdo con el artículo 300 de la citada Ley 1955 de 2019, el Ministerio de Transporte y gobiernos locales, en forma coordinada, podrán expedir reglamentos de

carácter especial y transitorio en materia de servicio de transporte público o servicios de tránsito con aplicación exclusiva en estas zonas.

Que mediante el Decreto 746 de 2020 se sustituyó el Título 8 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015, con el fin de ajustarlo a lo establecido en el artículo 300 de la Ley 1955 de 2019 "Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad", determinando lo relacionado a las zonas diferenciales para el transporte y tránsito.

Que mediante memorando número 20221130048113 de fecha 12 de mayo de 2022, el Viceministerio de Transporte solicitó la expedición del presente acto administrativo con base en las siguientes consideraciones:

"Mediante radicados 20213031519662 del 11 de agosto del 2021 y 20273032174042 del 10 de noviembre de 2021, el Alcalde de Leticia (Amazonas) en su calidad de autoridad de tránsito municipal, solicitó que se determinara para el territorio del Municipio de Leticia (Amazonas) una Zona Diferencial de Tránsito, dentro del cual se destacan los siguientes argumentos: En el municipio de Leticia habitan un número considerable de comunidades indígenas, así conforme al mapa de configuración geo-TT política actual de las comunidades indígenas, existen 75 resguardos indígenas legalmente constituido, 3 adicionales en proceso de Constitución, 23 cabildos (autoridad administrativa representativa de la comunidad indígena), 28 comunidades indígenas griega 6 organizaciones indígenas con jurisdicción administrativa en el municipio de Leticia.

Actualmente el municipio no cuenta con un COA para carros y motocicletas, lo que imposibilita que todos los ciudadanos de Leticia, puedan realizar trámites de tipo traspaso vehicular, revisión técnico-mecánica de vehículos tanto de carros y motocicletas.

El municipio de Leticia acordó mediante contrato de concesión No. 281 del 2011 con un tercero, implementar, operar y mantener, el Sistema Integral de Información sobre trámites y comparendos, el manejo y expedición de especies venales, la prestación del servicio de registro de automotores, conductores, infractores, tarjetas de operación, licencias de conducción, tránsito de empresas y vehículos de transporte público, junto con la administración y/o suministro de parqueaderos, grúas y el recaudo en el pago de multas mediante cobro persuasivo, pre jurídico y coactivo; así como la atención y el cobro del valor de todos los servicios que presta el organismo de tránsito y la gestión de los recursos necesarios para el correcto del tránsito en el municipio de Leticia.

Como consecuencia del análisis realizado al estudio aportado por el municipio de Leticia (Amazonas), el Director de Transporte y Transito del Ministerio de Transporte requirió a la alcaldía municipal de Leticia (Amazonas) con radicado No. 20224160063831 del 24 de enero de 2021, indicando que la misma carece de lo establecido en el Decreto 746 del 28 de mayo de 2020 con el fin de que complementara en los siguientes aspectos la información aportada: "· Determinar la modalidad o modalidades de transporte público (transporte urbano, mixto, de pasajeros por carretera etc.), y/o servicios de tránsito a los que aplicaría. (Artículo 2.2.8.4.) · Justificación para la creación de la zona diferencial para el transporte y/o el Tránsito, explicando por qué no es posible la normal prestación del servicio de transporte público en las condiciones de la normativa vigente y aplicable. (Artículo 2.2.8.1).

· Presentar propuesta preliminar para la prestación transitoria del serv1c10 de transporte público y/o de la prestación de los servicios de tránsito. (Artículo 2.2.8.4)." Por lo anterior, la Alcaldía Municipal de Leticia (Amazonas), respondió mediante oficio con radicado No. 20223030928262 del 12 de mayo de 2022, al requerimiento realizado remitiendo la información faltante.

"(... )

· DETERMINACIÓN DE LA MODALIDAD DE LOS SERVICIOS DE TRÁNSITO: Actualmente el municipio de Leticia, cuenta con un organismo de tránsito categoría A, creado mediante acuerdo municipal 020 de febrero 14 del 2002 "Por medio del cual se crea el organismo de tránsito y transporte del municipio de Leticia", organismo que es clasificado por el Ministerio de transporte en concordancia a la Resolución número 014471 de 2002, "Por la cual se clasifica, se le otorga código y se le asignan series y rangos de especies venales, a la inspección municipal de tránsito y regulación vial de Leticia - amazonas" Centro de Reconocimiento de Conductores: En el Municipio de Leticia, no existe CRC, actualmente está facultado por la E.S.E Hospital san Rafael...

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