Resolución número 20223040037435 de 2022, por la cual se levanta la intervención en ambos sentidos de las rutas Medellín - Sincelejo, Medellín - Cartagena, Medellín - Barranquilla, Medellín - Santa Marta y se deroga la Resolución 2534 de 2018 del Ministerio de Transporte - 1 de Julio de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 907457553

Resolución número 20223040037435 de 2022, por la cual se levanta la intervención en ambos sentidos de las rutas Medellín - Sincelejo, Medellín - Cartagena, Medellín - Barranquilla, Medellín - Santa Marta y se deroga la Resolución 2534 de 2018 del Ministerio de Transporte

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín52082

La Ministra de Transporte, en ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas por el artículo 5º de la Ley 105 de 1993, los artículos y 29 de la Ley 336 de 1996, los numerales 6.2, 6.3 y 6.18 del artículo 6º del Decreto 087 de 2011 y el artículo 2.2.1.7.1.1 del Decreto 1079 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

Que el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 2534 de 2018 con ocasión de la emergencia que se presentó en la Central Hidroeléctrica de Ituango (Hidroituango) y del derrumbe en el kilómetro 62 a la altura de la zona de Valdivia vía Medellín-costa Atlántica, la cual generó el cierre total del corredor que comunica la ciudad de Medellín con las ciudades de la costa Atlántica para vehículos de transporte de carga.

Que mediante el artículo 1º de la citada Resolución 2534 de 2018 se dispuso intervenir en ambos sentidos las rutas Medellín-Sincelejo, Medellín-Cartagena, Medellín Barranquilla, Medellín-Santa Marta con el fin de establecer el valor a pagar mínimo de operación que permitieran reconocer a los transportadores los costos adicionales generados al circular por una vía alterna, y de esta manera mantener el equilibrio entre los actores de la cadena de transporte de carga.

Que el artículo 2º de la Resolución 2534 de 2018 señala que al Comité interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad le corresponde revisar si se superaron las circunstancias que condujeron al cierre de la vía y a su vez en el parágrafo del mismo artículo indicó que correspondía al Instituto Nacional de Vías (Invías), comunicar al Ministerio de Transporte la apertura de la vía, para proceder al levantamiento de la referida intervención.

Que el Viceministerio de Transporte, mediante memorando 20221130043213 de fecha 3 de mayo de 2022, solicitó la expedición del presente acto administrativo con el fin de levantar la medida de intervención ordenada mediante la Resolución...

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