Resolución número 2044 de 2021, por la cual se autoriza al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior Mariano Ospina Pérez (Icetex) para realizar una operación de manejo de deuda pública externa con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) - 1 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 875549874

Resolución número 2044 de 2021, por la cual se autoriza al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior Mariano Ospina Pérez (Icetex) para realizar una operación de manejo de deuda pública externa con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF)

EmisorMinisterio de Hacienda Público
Número de Boletín51784

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 2.2.1.4.3 del Decreto número 1068 del 26 de mayo de 2015, la Resolución número 2650 del 12 de noviembre de 1996, la Resolución número 2822 del 30 de diciembre de 2002 y la Resolución número 2563 del 9 de septiembre de 2011; y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior Mariano Ospina Pérez (Icetex) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) celebraron, el 28 de julio de 2017, el contrato de préstamo externo número 8701-CO con garantía de la Nación, destinado a financiar parcialmente el Programa de Acceso y Calidad de la Educación Superior (PACES) por un monto de ciento sesenta millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 160.000.000);

Que mediante oficio radicado en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con número 1- 2021-067191 del 4 de agosto de 2021, el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior Mariano Ospina Pérez (Icetex) solicitó autorización para ejecutar una operación de manejo de deuda pública operación de manejo de deuda pública externa, consistente en una conversión hasta por la suma de seis millones quinientos noventa y tres mil novecientos noventa y nueve dólares de los Estados Unidos de América (USD6.593.999,00) a pesos colombianos y de una tasa actual Libor 6 meses más 140 puntos básicos a una tasa fija en pesos colombianos, de conformidad con las estipulaciones del contrato de préstamo número 8701-CO suscrito con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF);

Que el artículo 2.2.1.1.3. del Decreto número 1068 de 2015, estipula que constituyen operaciones propias del manejo de la deuda pública las que no incrementan el endeudamiento neto de la entidad estatal y contribuyen a mejorar el perfil de la deuda de la misma. Estas operaciones, en tanto no constituyen un nuevo financiamiento, no afectan el cupo de endeudamiento. Dentro de las anteriores operaciones se encuentran comprendidas, entre otras, la refinanciación, reestructuración, renegociación, reordenamiento, conversión o intercambio, sustitución, compra y venta de deuda pública, los acuerdos de pago, el saneamiento de...

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