Resolución número 2305 de 2021, por la cual se autoriza a Empresas Públicas de Medellín E.S.P., para gestionar operaciones de crédito público externo, hasta por la suma de ochocientos noventa millones de dólares (USD 890.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas - 28 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 876658232

Resolución número 2305 de 2021, por la cual se autoriza a Empresas Públicas de Medellín E.S.P., para gestionar operaciones de crédito público externo, hasta por la suma de ochocientos noventa millones de dólares (USD 890.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51811

El Ministro de Hacienda y Crédito Público ad hoc, en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el 6 de la Ley 781 de 2002, el literal a) del artículo

2.2.1.2.1.4 y el literal a) del artículo 2.2.1.3.3. del Decreto 1068 de 2015 y el artículo 1º del Decreto 1015 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que mediante comunicaciones radicadas en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público bajo los números 1-2021-047156 del 31 de mayo de 2021 y 1-2021-050797 del 11 de junio de 2021, Empresas Públicas de Medellín E.S.P., solicitó autorización al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para gestionar un cupo global de endeudamiento externo que permita la obtención de recursos financieros a través de operaciones de crédito público externo, hasta por la suma de ochocientos noventa millones de dólares (USD 890.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, con el propósito de financiar el plan general de inversiones en infraestructura, expansión, reposición y crecimiento de los negocios de aguas, saneamiento, transmisión, distribución de energía y gas, para el periodo 2021-2023;

Que el artículo 30 de la Ley 51 de 1990, modificado por el artículo 10 de la Ley 533 de 1999 establece que "Son títulos de deuda pública los documentos y títulos valores de contenido crediticio y con plazo para su redención que emitan las entidades estatales, así como aquellas entidades con participación del Estado superior al cincuenta por ciento, con independencia de su naturaleza y del orden al cual pertenezcan";

Que el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 establece que "Sinperjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994, para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 [compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto 1068 de 2015]

y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo";

Que el literal a) del artículo 2.2.1.2.1.4 del Decreto 1068 de 2015 establece que la celebración de contratos de empréstito externo por las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR